El aborto en España y su evolución legal desde 1985

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Por un aborto libre y seguro

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En España, la interrupción voluntaria del embarazo o el aborto ha estado regulada por dos grandes marcos legales en democracia. El primero se aprobó en 1985 y lo despenalizó en determinados supuestos. El segundo, en 2010, instauró un sistema de plazos que permite abortar libremente durante las primeras 14 semanas de gestación. Desde entonces, la normativa ha experimentado reformas parciales, intentos de modificación y una reciente propuesta para elevar este derecho a rango constitucional.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado que el Consejo de Estado ha emitido un dictamen favorable a la iniciativa del Ejecutivo para blindar el derecho al aborto en la Constitución. El argumento principal del Gobierno es que la ley vigente no se cumple plenamente, dado que alrededor del 80 % de las interrupciones se realizan en clínicas privadas por derivación, lo que, a su juicio, evidencia carencias en la red pública. No obstante, la reforma constitucional exige amplias mayorías parlamentarias y el Partido Popular ya ha adelantado su rechazo.

1985: la primera despenalización parcial del aborto

La primera gran reforma llegó con la Ley Orgánica 9/1985, impulsada por el Gobierno socialista de Felipe González. Hasta ese momento, el aborto había sido ilegal en España, salvo la breve excepción de la normativa aprobada en Cataluña en diciembre de 1936, durante la Segunda República y en plena Guerra Civil, que fue derogada en 1938.

La ley de 1985 no estableció un sistema de plazos, sino de supuestos. Permitía abortar en tres casos concretos: violación (dentro de las primeras 12 semanas), riesgo de graves malformaciones del feto (hasta la semana 22) y peligro para la salud física o psíquica de la madre, en cuyo caso no existía límite temporal.

Una década después, en julio de 1995, el Gobierno del PSOE planteó ampliar la norma con un cuarto supuesto que contemplaba el aborto cuando la mujer afrontara un conflicto personal, familiar o social. El Congreso aprobó la iniciativa en diciembre de ese año por mayoría absoluta, pero la convocatoria anticipada de elecciones impidió que el Senado culminara su tramitación.

Tras la victoria del PP en 1996, la legislación permaneció sin cambios sustanciales hasta el regreso de los socialistas al poder.

2010: del sistema de supuestos al modelo de plazos

El debate resurgió a finales de 2007 tras conocerse interrupciones de embarazos muy avanzados en clínicas privadas de Barcelona y Madrid. El Ejecutivo socialista elaboró una nueva norma que fue aprobada definitivamente el 24 de febrero de 2010 por el Senado: la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

La ley estableció el aborto libre hasta la semana 14. Entre la semana 14 y la 22 se permitió en caso de riesgo para la vida o la salud de la mujer o ante graves anomalías en el feto, siempre con el dictamen de dos médicos especialistas distintos a quienes practiquen la intervención. Si se detectan anomalías incompatibles con la vida o enfermedades extremadamente graves e incurables, no existe límite temporal, previo informe de un comité clínico.

Uno de los puntos más controvertidos fue el de las menores de 16 y 17 años. La norma fijó que al menos uno de los progenitores o tutores debía ser informado, salvo que la menor alegara riesgo de amenazas o malos tratos, en cuyo caso la decisión quedaba en manos del médico.

La ley entró en vigor el 5 de julio de 2010 y fue recurrida ante el Tribunal Constitucional por el PP y el Gobierno navarro. Finalmente, el 9 de mayo de 2023, el Tribunal Constitucional rechazó el recurso presentado por el PP.

El intento de contrarreforma de 2013 y la reforma de 2015, con consentimiento paterno obligatorio

La ley de plazos generó oposición en sectores conservadores y en la Iglesia católica. En diciembre de 2013, el Gobierno del PP aprobó un anteproyecto promovido por el entonces ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que pretendía derogar el sistema de plazos y volver a uno de supuestos.

La propuesta reducía a dos los casos despenalizados: violación y riesgo para la salud psicológica o psíquica de la mujer, además de exigir consentimiento paterno para las menores. Tras una intensa contestación social y política, el Ejecutivo retiró el texto y Ruiz-Gallardón dimitió.

Aunque el proyecto de 2013 no prosperó, el PP impulsó una modificación puntual en 2015 centrada en las menores. La reforma, aprobada en septiembre de ese año, estableció la obligación de contar con el consentimiento expreso de los padres o tutores para que las jóvenes de 16 y 17 años pudieran abortar. Entró en vigor el 23 de septiembre de 2015.

2023: nuevos derechos y vuelta al modelo inicial para menores

La siguiente gran modificación llegó en 2023 con el Gobierno de coalición presidido por Pedro Sánchez. La reforma eliminó la exigencia de consentimiento paterno para las menores de 16 y 17 años y puso el foco en garantizar la práctica del aborto en la sanidad pública.

Aprobada definitivamente el 16 de febrero de 2023 y en vigor desde el 2 de marzo, la norma también incorporó avances en derechos sexuales y reproductivos: incapacidad temporal por reglas dolorosas desde el primer día con cobertura de la Seguridad Social, baja desde la semana 39 de embarazo y derecho a incapacidad temporal tras la pérdida de embarazo si la mujer no puede trabajar.

El Senado introdujo enmiendas, entre ellas la prohibición de prácticas destinadas a influir en la decisión de la mujer, como obligarla a escuchar el latido fetal o a ver una ecografía 4D.

2025: la propuesta de blindaje en la Constitución

El 3 de octubre de 2025, el Gobierno dio un paso más al proponer la inclusión del derecho al aborto en la Constitución con el objetivo de “consagrar la libertad y la autonomía de las mujeres”. Con el dictamen favorable del Consejo de Estado, el Ejecutivo abre un proceso que requerirá consensos parlamentarios reforzados.

Cuatro décadas después de la primera despenalización, la regulación del aborto en España continúa evolucionando, en un contexto de debate político persistente y con un nuevo horizonte: su posible reconocimiento como derecho constitucional.

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