La Seguridad Social suma 11 nuevas patologías para acceder a la jubilación anticipada

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Nuevas patologías para la jubilación anticipada

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La Seguridad Social amplía la lista de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada para personas con discapacidad igual o superior al 45 %. La medida, que podría beneficiar a unas 50.000 personas en toda España, incluye patologías graves como Párkinson y la enfermedad de Huntington, y permitirá adelantar el retiro sin pérdida en la pensión.

La Seguridad Social amplía las patologías para adelantar la jubilación anticipada

La Seguridad Social ha decidido ampliar la lista de enfermedades que permiten a las personas trabajadoras con discapacidad igual o superior al 45 % acceder a la jubilación anticipada. Esta medida, anunciada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, podría beneficiar a unas 50.000 personas en toda España.

La ministra Elma Saiz confirmó la noticia tras reunirse con el presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, Luis Cayo Pérez Bueno. El anuncio se realizó en la semana del Día Mundial de las Enfermedades Raras, subrayando la importancia de dar apoyo a quienes padecen dolencias graves que limitan su vida diaria.

Según la ministra, se trata de “una medida de justicia que permite a miles de trabajadores con enfermedades severas adelantar su jubilación para equipararse con el resto del personal”. Saiz añadió que el Ejecutivo mantiene su compromiso con la demanda del colectivo de personas con discapacidad.

Enfermedades incluidas en la lista

Las nuevas patologías reconocidas para acceder a la jubilación anticipada son:

  • Espina bífida
  • Amiloidosis por transtiretina variante
  • Párkinson
  • Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
  • Enfermedad de Huntington
  • Enfermedad renal crónica estadio 5
  • Esclerosis sistémica
  • Lesión medular
  • Degeneración corticobasal
  • Atrofia multisistémica
  • Parálisis supranuclear progresiva

La inclusión de estas enfermedades fue decidida por una comisión técnica formada por representantes de la Seguridad Social, sociedades científicas, el Imserso, el Consejo Nacional de la Discapacidad y la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad. Todas cumplen el requisito legal de reducción significativa de la esperanza de vida, condición necesaria para permitir la anticipación de la edad de retiro.

Edad y condiciones para jubilarse

Una vez que el Gobierno apruebe la modificación y se publique en el Boletín Oficial del Estado, las personas afectadas podrán acceder a la jubilación anticipada desde los 56 años sin reducción en la cuantía de la pensión.

Para beneficiarse, deberán cumplir varios requisitos:

  • Estar en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del hecho causante.
  • Acreditar al menos 15 años de cotización a lo largo de su vida laboral.
  • Haber padecido la enfermedad al menos 5 años con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %.

El tiempo adelantado hasta el retiro se computará como cotizado a efectos de calcular la pensión. Esto garantiza que las personas no pierdan derechos económicos al adelantar su jubilación anticipada.

Reacción del CERMI y próximos pasos

El CERMI celebró la medida como un paso importante en las políticas de inclusión social. Su presidente, Luis Cayo Pérez Bueno, agradeció la disposición del Gobierno y destacó la Seguridad Social como aliada en la protección de las personas con discapacidad.

Tras el dictamen técnico, el Ministerio iniciará la tramitación administrativa para modificar el real decreto vigente. El objetivo es que la medida esté plenamente en vigor antes del verano, permitiendo que miles de trabajadores puedan planificar su retiro adelantado con seguridad y justicia.

En total, esta ampliación consolida un marco más justo para que las personas con discapacidad puedan acceder a la jubilación anticipada de manera digna y sin perder derechos.

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