¿Por qué un alquiler garantizado es mejor que un seguro de alquiler? SEAG responde

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14/10/2024 - 18:30
Alquiler garantizado y protección

Lectura fácil

Al alquilar una vivienda, es normal que el arrendador quiera disponer de las garantías necesarias para que las condiciones contractuales se cumplan o, en caso de que no sea así, verse compensado por los perjuicios ocasionados.

Okupaciones, impagos, daños por vandalismo… el arrendador se expone a muchos tipos de problemas que pueden poner en jaque la integridad de la propiedad, y para cuyas reparaciones se necesita hacer un desembolso que no siempre puede venir bien abonar.

Por eso, recurrir al alquiler garantizado es la mejor opción para evitar verse demasiado expuesto a una situación desagradable que, en muchos casos, si bien no se puede evitar, se puede compensar en caso de llegar a producirse para mitigar el daño.

¿Por qué SEAG y no un seguro de alquiler?

Aunque los seguros de alquiler ofrecen compensaciones a los propietarios de las viviendas que se ven en situaciones de impagos, okupaciones o daños por vandalismo, no dejan de ser precisamente eso: seguros. Eso quiere decir que todo está sujeto a la aceptación de las cláusulas del seguro, que siempre incluyen limitaciones de importes y de tiempo, además de establecer las condiciones necesarias para proceder a la aprobación de la ejecución del contrato y hacer efectiva la compensación.

Pero las corredurías de seguros no son las únicas que ofrecen protección a los propietarios. De hecho, hay alternativas mejores, más rápidas y con menos limitaciones, y una de ellas es el alquiler seguro de SEAG.

Al acogerse al sistema de alquiler garantizado de SEAG y formar parte de su comunidad de usuarios, el propietario se ve beneficiado por una serie de bases que funcionan de una manera diametralmente opuesta a los seguros de alquiler.

“En caso de impago, por ejemplo, en SEAG ponemos en marcha un sistema de compensación económica con un mes de carencia en cuanto recibimos el aviso, un sistema que no está sujeto a sentencia judicial y que perdura hasta que la vivienda es recuperada”, explica el equipo de la Sociedad Española de Alquiler Garantizado (SEAG).

Y ahí entra en juego el propio sistema de SEAG para ayudar al propietario a recuperar su casa. “SEAG es una compañía especializada en servicios de asesoría legal y jurídica en el ámbito inmobiliario, y ponemos toda nuestra experiencia y nuestro conocimiento al servicio de los perjudicados para que sepan cómo proceder para recuperar por lo judicial la que sigue siendo su casa”, comentan. “Además, corremos con los gastos derivados de la tramitación de la reclamación y de otros gastos derivados del proceso de solicitud formal de recuperación de la propiedad”, añaden.

Todo ello crea un escudo para el arrendador damnificado, que dispone, gracias a SEAG, de las herramientas necesarias para poder poner en marcha los mecanismos legales necesarios para poder disponer de su vivienda de nuevo, al tiempo que ve compensadas las mensualidades impagadas por parte de los inquilinos. “Es una doble protección que se le da al arrendador para que no se vea desprotegido en una situación tan delicada, dado que muchas veces cuentan con disponer de esa vivienda en alquiler en un futuro en caso de necesidad”, añaden.

Un sistema de protección idóneo para los alquileres temporales

Aunque es el alquiler de larga duración el que es más susceptible de sufrir impagos en algún momento, es cierto que no es un problema exclusivo de este tipo de arrendamiento. De hecho, los alquileres temporales y vacacionales están viendo crecer el volumen de impagos y okupaciones precisamente por su carácter cambiante y la rotación de inquilinos, exponiendo a los arrendadores a un problema continuo de incertidumbre en cuanto a la situación con sus arrendatarios.

El sistema de protección y orientación legal y jurídica de SEAG tiene aplicaciones también en los alquileres temporales. De hecho, en su post dedicado a cómo se puede garantizar el pago de un alquiler temporal, el equipo de decopasion.com explica cómo la Sociedad Española de Alquiler Garantizado establece el cobro garantizado de las rentas impagadas durante 12 mensualidades, además de ofrecer compensaciones por daños derivados de actos vandálicos con hasta 3.000 euros y sin franquicia.

Y es que los arrendatarios que tienen su vivienda en régimen de alquiler temporal también pueden beneficiarse de la defensa jurídica que los abogados especializados en impagos, okupaciones e incumplimientos contractuales inmobiliarios de SEAG ofrecen, asumiendo los gastos del Procurador, poderes notariales, tasas judiciales y otras notificaciones.

“En SEAG además nos encargamos de todo el proceso judicial contra los okupas que hayan okupado de manera ilegal el inmueble durante los tres meses siguientes a la finalización de la Garantía de Alquiler, ofreciendo un plus de protección contra los okupas a los propietarios afectados”, puntualizan desde SEAG.Con todo, SEAG es una alternativa mucho mejor que cualquier seguro de alquiler. Al no ser una compañía de seguros y ser una empresa especializada en servicios de asesoría legal y jurídica en materia de vivienda, SEAG puede ofrecer un servicio mucho más completo, práctico y ágil que cualquier correduría, rompiendo las limitaciones típicas de los seguros tradicionales y protegiendo al arrendatario con su sistema de alquiler garantizado.

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