¿Te descuentan dinero del salario por un día de baja laboral? Esto es lo que debes saber

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21/04/2023 - 10:09
Persona en la consulta de su médico pidiendo la baja laboral

Lectura fácil

En este post vamos a explicar cómo calcular lo que una persona trabajadora va a cobrar durante la baja laboral por incapacidad temporal a causa de enfermedad común o accidente no laboral, lo que se denomina una baja por contingencia común.

Porque cuando una persona se encuentra de baja por incapacidad temporal puede perder parte de su salario mensual, debido a esta situación. Una situación que se encuentra regulada por la Seguridad Social y depende del hecho causante que genera la incapacidad temporal.

Para saber cuánto vas a cobrar estando de baja, necesitarás tener la nómina del mes anterior al de la baja (en caso de trabajadores a jornada completa), en la que aparece reflejada la base de cotización de contingencias comunes.

Normalmente, esa base aparece debajo a la derecha en la nómina. No hay que confundirlo con la base de cotización de contingencias profesionales que esa es utilizada para calcular el importe que recibiríamos si la baja fuera por accidente laboral o enfermedad profesional.

Sobre la nómina del mes anterior del inicio de la baja, se van a realizar todos los cálculos. Así que para trabajadores con nóminas con conceptos variables pueden verse perjudicados (o beneficiados) en función del salario del mes anterior.

Es importante aclarar que lo indicado es el mínimo que el trabajador va a cobrar, ya que el convenio colectivo puede mejorar los derechos que aquí se indican (nunca empeorar).

Prestación económica de la baja laboral

La baja médica por incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador se encuentra incapacitado temporalmente para desarrollar su trabajo. En la mayoría de casos, superado un periodo de tiempo concreto, el trabajador recibe el alta médica y vuelve con total normalidad a su puesto de empleo habitual.

Sin embargo, en algunas ocasiones, la baja laboral por incapacidad temporal puede derivar en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

La baja laboral por incapacidad temporal puede estar causada por un accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común. El hecho causante es un aspecto clave para determinar la cuantía económica de salario que percibe un trabajador durante el periodo de baja.

  • Si la baja por incapacidad temporal deriva de enfermedad común, se descuenta la totalidad del salario durante el primer día de baja. También ocurre así en caso de accidente no laboral.
  • Por enfermedad común o accidente no laboral, el porcentaje que cobrarás será del 60 % de la base reguladora desde el día 4 hasta el 20 ambos incluidos. Desde el día 21 de baja en adelante, cobrarías el 75 % de la base reguladora.
  • Cuando la baja por incapacidad temporal deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la situación cambia. En este caso, el trabajador tiene derecho al 75 % de la base reguladora de su salario desde el primer día de baja médica.

No obstante, algunas empresas cuentan con Convenios Colectivos que permiten al trabajador percibir el 100 % de la base reguladora de su salario, aunque la incapacidad temporal derive de enfermedad común o accidente no laboral.

Cómo calcular estas cifras

Para calcular la cuantía de la prestación de incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional, es necesario sumar la base de contingencias profesionales del mes anterior a la baja sin horas extraordinarias y la cotización de las horas extraordinarias del año natural anterior.

Por tanto, para algunos trabajadores estar de baja por incapacidad temporal supone la percepción de una cantidad inferior a su salario, en el caso de aquellos trabajadores cuyas empresas no cuenten con Convenios Colectivos.

Cuando la baja laboral por incapacidad temporal deriva de enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador no percibe nada de su salario durante los primeros 3 días en esta situación. Así lo determina la normativa actual de la Seguridad Social.

Como conclusión, es necesario recordar que la pensión de incapacidad permanente también puede derivar de enfermedad profesional, accidente de trabajo, enfermedad común o accidente no laboral.

¿El trabajador tiene que cumplir algún requisito?

Sí, según el artículo 172 de la Ley General de la Seguridad Social, para que la empresa nos pague durante el tiempo de incapacidad temporal derivado de enfermedad común es necesario tener cubierto un período de cotización mínimo de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al día de la baja laboral por incapacidad.

Esta obligación no es aplicable a bajas derivadas de accidente no laboralaccidente de trabajo o enfermedad profesional, en las que no se exige ninguna cotización previa.

Ejemplo

En cuestioneslaborales.es han publicado un ejemplo muy claro sobre cuánto dinero cobrar durante una baja laboral.

Un trabajador que tiene un base de cotización de contingencias comunes de 1.340,54 €, ha estado de baja 22 días y el convenio colectivo no mejora la cuantía a percibir durante la incapacidad temporal.

  • Base contingencias comunes  1.340,54 €/mes
  • Lo dividimos entre 30 días. 1.340,54/30 días = 44,68 €/día

Detalle de los 22 días de baja.

  1. Los tres primeros días se perciben 0 €.
  2. Del 4º al 20º, es decir 17 días, se percibe el 60 %,
    • Cálculos necesarios: 44,68*6 0%*17 días = 455,74 €
  3. Del 21º al 22º, es decir 2 días, se percibe el 75 %,
    • Cálculos necesarios 44,68*75 %*2 días = 67.02 €

En consecuencia, durante la incapacidad temporal se percibe 522.76 €, en lugar de los 848,92 € que correspondería si no hubiera una baja.

Está cantidad es en bruto, por lo que tendrá las mismas retenciones que la nomina de un mes sin incapacidad temporal.

  • La cotización a la seguridad social se realiza sobre la base de contingencias comunes, que siempre se mantiene durante la baja y no se reduce.
  • La retención del IRPF se realiza sobre el importe cobrado, que será inferior a un mes ordinario, por estar de baja.

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