Inspección de Trabajo obliga a 40.000 empresas a hacer fijos a casi 87.000 empleados

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08/11/2024 - 10:56
Empleados de una empresa

Lectura fácil

En una empresa, los tipos de contrato laboral determinan las condiciones de trabajo y la relación entre empleador y empleado, tanto en términos de duración como en aspectos específicos como el tipo de jornada

Estos contratos se ajustan a la legislación de cada país y buscan atender necesidades particulares de los empleadores y de los trabajadores. 

Aquí están los principales tipos de contrato que suelen aplicarse en muchas empresas

1. Contrato indefinido

   - Características: Este contrato no tiene una fecha de finalización establecida y es considerado el contrato más estable para los empleados.

   - Beneficios: Otorga mayor estabilidad y protección laboral, así como mayores derechos y beneficios en caso de despido, como indemnizaciones o compensaciones por cese.

   - Variantes: Puede ser a tiempo completo o parcial, dependiendo de la jornada laboral establecida.

   - Idoneidad: Es ideal para posiciones permanentes o a largo plazo y se fomenta en muchos países como forma de reducir la precariedad laboral.

2. Contrato temporal

   - Características: Tiene una duración determinada, que puede variar de unos pocos meses a varios años, dependiendo de la legislación local y el acuerdo entre empleador y empleado.

   - Tipos de contrato temporal:

      - Por obra o servicio: Se emplea para proyectos específicos que tienen una duración limitada en el tiempo.

      - De interinidad: Para cubrir una vacante temporal, como cuando un empleado permanente está de baja o de licencia.

      - De eventualidad: Utilizado en periodos de alta demanda de trabajo o picos de producción.

   - Idoneidad: Este tipo de contrato es adecuado para proyectos a corto plazo o necesidades específicas de personal temporal en la empresa.

3. Contrato a tiempo parcial

   - Características: La jornada laboral es inferior a la jornada completa, por lo general menos de 40 horas semanales (aunque esto varía por país).

   - Beneficios: Ofrece una relación laboral flexible y puede ser ideal tanto para la empresa como para el empleado en situaciones donde no se requiere una dedicación completa.

   - Idoneidad: Usado comúnmente en sectores con alta rotación de personal o donde se necesitan más trabajadores para cubrir diferentes horarios de atención.

4. Contrato de formación y aprendizaje

   - Características: Su objetivo es facilitar la inserción laboral de jóvenes y nuevos trabajadores mediante formación y experiencia en un campo específico.

   - Beneficios: Permite al trabajador recibir formación teórica y práctica al mismo tiempo, generalmente con una jornada laboral reducida o combinada con la asistencia a programas educativos.

   - Idoneidad: Suele estar dirigido a menores de 25-30 años (según el país) que no han completado su formación profesional, y la empresa recibe incentivos por la contratación.

5. Contrato en prácticas

   - Características: Es similar al contrato de formación, pero dirigido a trabajadores con titulación académica reciente y tiene como fin proporcionar experiencia laboral en el campo de estudio del trabajador.

   - Beneficios: Su duración suele ser más corta y proporciona al trabajador una formación específica en el entorno laboral.

   - Idoneidad: Orientado a personas que han terminado sus estudios en los últimos años y buscan experiencia laboral en su área profesional.

6. Contrato por proyecto o freelance

   - Características: Estos contratos se establecen para la realización de proyectos o tareas específicas sin relación laboral fija, con un límite de tiempo claro.

   - Beneficios: Los freelancers o trabajadores autónomos gestionan su propio tiempo y recursos, y la empresa no asume ciertas responsabilidades laborales, como la cobertura de seguridad social.

   - Idoneidad: Adecuado para empresas que requieren servicios especializados o tareas puntuales y no buscan establecer una relación laboral permanente.

7. Contrato de relevo

   - Características: Surge como un acuerdo laboral donde un trabajador próximo a la jubilación reduce su jornada laboral, y otro empleado, normalmente joven, ocupa el tiempo restante.

   - Beneficios: Facilita la transición laboral en la empresa y promueve la incorporación de jóvenes trabajadores.

   - Idoneidad: Usado para cubrir vacantes de trabajadores en proceso de jubilación, y fomenta la transferencia de conocimientos y habilidades en la empresa.

Cada tipo de contrato permite a la empresa cubrir necesidades específicas y se adapta al perfil del trabajador. Los contratos de duración indefinida son preferidos por la estabilidad que ofrecen, mientras que los contratos temporales o a tiempo parcial proporcionan mayor flexibilidad y ajuste según el volumen de trabajo.

Inspección de Trabajo actúa contra la temporalidad fraudulenta

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha realizado un total de 39.116 notificaciones a diversas empresas, instándolas a convertir en indefinidos los vínculos laborales de 86.903 trabajadores en toda España. Esta medida se enmarca dentro del II Plan de Choque contra el fraude en la contratación temporal, según lo comunicado este jueves por la propia Inspección a través de sus redes sociales, información que fue recogida por Servimedia.

Este organismo explicó que el propósito es regularizar contratos temporales y fijos discontinuos que se consideran “fraudulentos”, transformándolos en contratos indefinidos ordinarios. Además, advirtió que “si no se regularizan dentro del plazo establecido, se procederá a iniciar actuaciones inspectoras”.

Es importante señalar que, desde la implementación de la reforma laboral, la contratación indefinida ha disminuido más de 10 puntos porcentuales en menos de tres años, alcanzando así el promedio europeo. Anteriormente, solo uno de cada diez contratos era indefinido, mientras que actualmente esta cifra ha aumentado hasta aproximadamente el 40 %.

Asimismo, Joaquín Pérez Rey, secretario de Estado de Trabajo, informó en el Congreso de los Diputados que en España hay menos de 800.000 contratos fijos discontinuos, lo que representa el 3,6 % de la fuerza laboral.

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