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Madrid, 24 ene (EFE).- La Audiencia Nacional ha planteado suspender la tramitación de los recursos contencioso-administrativos interpuestos contra la resolución del Banco Popular, ejecutada en España por el Fondo de Reestructuración Bancaria (FROB), hasta que la justicia europea se pronuncie al respecto.
En una providencia conocida hoy, la sala de lo Contencioso-Administrativo pregunta a las partes personadas si, a fin de "evitar posibles incidentes que solo retrasarían y complicarían" cualquier decisión final, procede paralizar unos procedimientos vinculados directamente con los que actualmente estudia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Al respecto, recuerda que la operación, que se saldó con la compra del Popular por parte del Banco Santander al precio simbólico de un euro, fue ejecutada por el FROB a instancias de la Junta Única de Resolución (JUR), organismo comunitario que el pasado junio adoptó tal postura después de que el Banco Central Europeo (BCE) determinara que la entidad estaba quebrada.
Según han informado fuentes jurídicas, la sala que preside el juez José Luis Gil también ha trasladado a las partes el oficio aportado por el FROB, en el que explica su intervención y justifica, por razones de confidencialidad, que no se adjunten todos los documentos.
No es la primera vez que la Audiencia Nacional remite a la justicia regional, ya que el pasado 29 de septiembre rechazó suspender de forma cautelar la venta del Popular, al estimar que si bien había podido generar "perjuicios", la operación "dimana" de Europa.
A tenor de los magistrados, fue la JUR la encargada de valorar las dificultades por las que atravesaba el banco y la necesidad de esa medida para el interés público, una medida que "puede generar perjuicios si no de imposible, sí de muy difícil reparación", aunque directamente imputables al organismo europeo.
Hasta entonces, se habían registrado más de 250 recursos ante la sala de lo Contencioso-Administrativo, que incluyen a más de 6.000 recurrentes de diferentes perfiles, desde personas físicas o jurídicas, hasta asociaciones o fundaciones, afectados por la reducción a cero de sus acciones.
Por el momento, el proceso queda paralizado a la espera de lo que finalmente acuerde el tribunal una vez recibidas todas las alegaciones.
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