La CNMC decide no impugnar la norma sobre información de alquileres turísticos

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25/05/2018 - 15:09
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Madrid, 25 may (EFE).- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido no impugnar la última reforma del Reglamento General de gestión e inspección tributaria a las plataformas de viviendas turísticas, que busca regular la información que éstas deben suministrar a la Administración sobre los alquileres.

En un comunicado, el supervisor de los mercados ha explicado que, tras recibir la información remitida por el Gobierno sobre dicho reglamento, ha desestimado la posibilidad de interponer un recurso contencioso administrativo.

La CNMC había formulado el pasado febrero ante el Ministerio de Hacienda un requerimiento previo a la posible impugnación "ante las posibles distorsiones para la competencia si se establecían exigencias innecesarias o desproporcionadas".

En concreto, la CNMC consideraba que la reforma podía restringir la competencia en el caso de que las obligaciones de información vinculasen a todo tipo de intermediarios.

Por ejemplo, si se obligase a aquellos que solo albergan anuncios (y, por tanto, no tienen constancia de si la transacción se ha celebrado), se les abocaría a cambiar su modelo de negocio para cumplir con las exigencias informativas, ha explicado.

Por otra parte, la CNMC consideró que las obligaciones de información incluían algunos aspectos que podrían ser innecesarios o desproporcionados para la finalidad de prevención del fraude fiscal, por lo que solicitó una aclaración sobre el alcance de las mismas.

En la contestación al requerimiento previo, el Gobierno precisó que las obligaciones de información únicamente vinculan a las plataformas que intermedian en la celebración del contrato.

De este modo, la CNMC ha considerado que recopilar y proporcionar la información exigida "no les supondrá una carga desproporcionada".

A juicio de la CNMC, las obligaciones establecidas se pueden considerar "justificadas" por la lucha contra el fraude fiscal y "no suponen una carga desproporcionada para intermediarios ni para los intervinientes en las transacciones".

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