Las restricciones para el puente de San José y Semana Santa están activas

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17/03/2021 - 11:18
Restricciones por coronavirus

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Las restricciones de cumplimiento obligatorio para el puente de San José y la Semana Santa, ya han entrado en vigor.

Fue el pasado viernes cuando se publicaron en el BOE, y entre ellas se incluye el cierre perimetral de todas las Comunidades Autónomas, el toque de queda de 23 a 6 horas, y las reuniones de 6 personas en espacios abiertos.

El caso es que, las normas acordadas en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud serán revisadas hoy por la tarde en el Comité Interterritorial con el fin de saber si hay que ampliar alguna nueva restricción del documento.

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Entre el 17 y el 21 de marzo las medidas y restricciones estarán en vigor para aquellas comunidades en las que sea festivo el día 19 de marzo, y desde el 26 de marzo al 9 de abril serán obligatorias para todo el territorio.

Aunque la Comunidad de Madrid se ha opuesto, el cierre perimetral afectará a todo el territorio español, pero la entrada a Canarias y Baleares se limitará según los supuestos establecidos en el Real Decreto 926/2020 del 25 de octubre, los del actual estado de alarma.

Pero no se permite el turismo nacional, y solamente se autorizan los viajes a las islas por motivos laborales, visitas al médico o exámenes, entre otras causas correctamente justificadas.

Sanidad ha aclarado que, la Comunidad de Madrid voto en contra del cierre y Cataluña no emitió voto alguno, y recuerdan que "este acuerdo de declaración de actuaciones coordinadas obliga a todas las comunidades autónomas y ciudades autónomas, con independencia del sentido de su voto".

Medidas y restricciones que se deben cumplir:

  • Limitación de la movilidad territorial. La movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las comunidades y ciudades autónomas y sujeta a las excepciones reguladas en el artículo 6 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. Lo anterior no será de aplicación a las comunidades autónomas de Islas Canarias e Islas Baleares. La entrada en sus territorios se limitará a los supuestos establecidos en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
  • Limitación de movilidad en horario nocturno. Se limitará el derecho de movilidad nocturna como máximo a partir de las 23:00 horas y hasta las 6:00 horas.
  • Limitación de la permanencia de grupos de personas en los espacios públicos o privados. Se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes.

Por otra parte, las restricciones también incluyen recomendaciones, tales como:

  • No bajar el nivel de alerta de la comunidad autónoma desde las dos semanas previas al inicio de la Semana Santa, aunque los indicadores sean favorables.
  • No celebrar eventos masivos de cualquier tipología.
  • Poner en marcha una campaña de comunicación institucional para evitar la relajación de comportamiento bajo el lema 'No salvamos semanas, salvamos vidas'.

Asimismo, Sanidad, a través del documento con restricciones y medidas para frenar el virus, también informa de que el esfuerzo debe contar con estrategias de comunicación para reducir el impacto de la 'fatiga pandémica'.

También deben plantear los escenarios de riesgo previstos, incluyendo la esperanza que aportan los buenos resultados de las vacunas utilizadas para el control de la epidemia.

Cabe destacar, que en las restricciones también se incluye que los viajes al extranjero durante la Semana Santa quedan prohibidos, pues toda movilidad fuera de los perímetros comunitarios han quedado limitados, y se permite viajar por motivos laborales, médicos o excepciones últimas.

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