Casos en los que podrás cobrar el paro teniendo trabajo

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01/10/2023 - 13:30
Señor entrando en una oficina del SEPE

Lectura fácil

Cobrar el paro o la prestación por desempleo es esencial para muchas familias, ya que a menudo es su única fuente de ingresos. Sin embargo, existen dudas sobre los requisitos y la compatibilidad de estas ayudas con otras actividades, pensiones y prestaciones.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) proporciona información sobre las situaciones en las que es posible recibir ingresos mientras puedes cobrar el paro.

Y es que el paro es uno de los grandes problemas con los que cuenta la sociedad española. España es uno de los países con mayor tasa de paro de Europa. Esto significa que gran porcentaje de su población, no tiene un trabajo con el que subsistir. Este problema se hace especialmente difícil en el sector de la población mayor de 52 años.

Por este motivo, el SEPE tiene un subsidio por desempleo específico para mayores de 52 años. Pues para los adultos a partir de esta edad, entrar de nuevo en el mercado laboral es más complicado. Sin embargo, lo habitual, como en cualquier tipo de ayuda de este tipo, es que cuando la persona encuentre un empleo, se le retire la prestación.

Sin embargo, debido a lo complejo que es conseguir un trabajo a dicha edad, el SEPE permite mantener el subsidio para mayores de 52 años aunque la persona haya conseguido un contrato laboral. No obstante, para que esto se lleve a cabo, deben cumplirse una serie de requisitos como estar inscrito en la oficina de empleo y que el contrato conseguido sea a tiempo completo y con una duración de más de tres meses.

Trabajar a tiempo parcial es compatible con cobrar el paro

Por lo general, no se puede trabajar y cobrar el paro al mismo tiempo, a menos que la causa del despido sea involuntaria. El trabajo a tiempo parcial es compatible con el paro o el subsidio por desempleo, pero la prestación se reducirá proporcionalmente a las horas trabajadas.

También es posible cobrar el paro mientras se realiza trabajo de colaboración social, se trabaja bajo un contrato del programa de sustitución de personas trabajadoras en formación o se desempeñan cargos públicos o sindicales de forma retribuida a tiempo parcial.

Compatibilidad del paro con contratos específicos

La prestación contributiva por desempleo es compatible con trabajar a tiempo completo en contratos de apoyo a emprendedores, pero la cantidad que se percibe se reduce al 25 % de la prestación por desempleo. En el caso del subsidio para mayores de 52 años, es compatible con trabajar a tiempo completo en contratos temporales o indefinidos, siempre que el SEPE lo autorice expresamente. En este caso, la cuantía será el 50 % del subsidio.

Sin embargo, no se puede cobrar el paro y el subsidio para mayores de 52 años en situaciones como contratos de inserción, contratos del Programa de Fomento del Empleo Agrario, cargos directivos, empresas en ERE o empresas donde el trabajador haya sido contratado en los últimos doce meses.

Además, no se puede cobrar el paro mientras se realizan prácticas en entidades públicas o privadas que formen parte del plan de estudios, siempre que no requieran dedicación exclusiva.

Ser autónomo y cobrar el paro

Por lo general, no es posible ser autónomo y cobrar el paro. Existe una excepción: si una persona se incorpora como socia de una sociedad laboral de nueva creación o como socia trabajadora de una cooperativa de trabajo asociado de nueva creación y está encuadrada en el Régimen Especial de la Seguridad Social correspondiente, puede cobrar el paro durante un máximo de 270 días o el tiempo restante de su prestación por desempleo. Esto debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el inicio de la actividad como autónomo.

Pensión y paro

En general, no se puede cobrar el paro y la pensión de jubilación al mismo tiempo. Sin embargo, se pueden recibir ambas prestaciones si se trata de una pensión de jubilación parcial o una pensión por jubilación de otro país.

La pensión de viudedad es compatible con el paro y el subsidio por desempleo, al igual que las pensiones de incapacidad, dependiendo del grado. No se puede cobrar el paro si la incapacidad es absoluta o gran invalidez, ya que estas prestaciones están destinadas a cubrir las necesidades mientras se busca empleo.

Indemnización por despido y paro

Cobrar el paro es compatible con recibir una indemnización por despido. La indemnización por despido es independiente de los ingresos y no afecta a las rentas máximas para solicitar ayudas por desempleo.

Las becas y ayudas públicas para gastos de transporte, alojamiento y manutención relacionados con la formación ocupacional son compatibles con el paro o el subsidio por desempleo.

También se puede cobrar el paro y las prestaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo.

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