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El SEPE, o también conocido como el Servicio Público de Empleo Estatal, es el encargado de gestionar, controlar y pagar las prestaciones de aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo, lo que verdaderamente conocemos como "paro".
Cuando una persona pierde su trabajo, se inscribe como demandante de empleo y es el SEPE el encargado de comprobar en qué situación y en qué condiciones se encuentra dicha persona, debido a que para recibir esa prestación por desempleo, debe cumplir con una serie de requisitos.
¿Cumpliré los requisitos para recibir "el paro"?
Esta pregunta es la que se hacen esos ciudadanos, ya que lo que más interesa en esos momentos donde los ingresos son nulos, es saber si, finalmente, el organismo ha concedido o no esa petición de paro o cualquier otro subsidio.
Las personas que han solicitado dicha prestación por desempleo, no deben preocuparse, ya que el propio SEPE está obligado a notificarles si la solicitud ha sido aceptada o denegada a través de un aviso que recibirán en su domicilio en la dirección que el ciudadano haya facilitado al realizar la solicitud. Esta resolución tiene que justificar sea cual sea el resultado el motivo por el que sí se concede o no esa prestación por desempleo.
El SEPE tiene de plazo hasta tres meses desde el día que se presenta la solicitud para otorgar la resolución. Si ese tiempo transcurre y no se ha recibido ningún aviso, sea del que sea, se entenderá que ha la prestación por desempleo ha sido denegada por "silencio administrativo". Por otro lado también puede suceder que la petición sea rechazada y la persona no esté de acuerdo, por lo que esta persona deberá presentar una "reclamación previa a la vía judicial". Esta reclamación posee hasta treinta días desde su recepción.
Una vez la entidad reciba dicha reclamación, el SEPE tendrá cuarenta y cinco días para contestar. Si en esta ocasión el plazo se pasa y no hay una resolución expresa, se entenderá desestimada la reclamación por silencio administrativo.
Puedes conocer la resolución instantáneamente
Las nuevas tecnologías llegaron también al Servicio Público de Empleo Estatal, y por ello desde hace unos años, aquellas personas que no quieran esperar a recibir esa notificación a la dirección indicada, pueden consultar el estado de la resolución de su prestación por desempleo de forma instantánea a través de medios telemáticos o de forma presencial:
- A través de la página Web del SEPE, teniendo el certificado digital, DNI electrónico o usuario y la contraseña cl@ve.
- A través del teléfono de atención a la ciudadanía. Este depende del lugar de residencia de cada ciudadano.
- Por cita previa, en las oficinas donde se solicitó la prestación por desempleo.
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