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⏳ Esta noticia se actualiza cada viernes, con la información que recopilamos de comunidades autónomas.
Las comunidades autónomas abandonaron el 9 de mayo el estado de alarma, un marco jurídico que les permitió imponer restricciones como el confinamiento perimetral autonómico, el toque de queda o la limitación de las reuniones para contener la pandemia de la COVID-19.
En un país sin un estado de alarma que permita recurrir a los confinamientos perimetrales y el toque de queda, las limitaciones para frenar los contagios están en manos de las administraciones autonómicas.
Tras tres meses de subida de la incidencia acumulada de contagios de coronavirus hasta niveles nunca antes visto durante la pandemia, este indicador comienza a descender en España, y algunas comunidades han empezado ya a relajar limitaciones.
Inició, con timidez, Cataluña al levantar el toque de queda nocturno impuesto antes de Navidad y ahora levanta casi todas las restricciones. Otras comunidades caminan en la misma dirección, como Galicia y La Rioja, que acaban con la mayoría de las medidas, y Cantabria y Asturias, que renuncian a prorrogar la vigencia del certificado COVID.
No obstante, hay regiones que mantienen las restricciones vigentes ante el miedo de que vuelvan a desbocarse los contagios, Aragón, Canarias y Navarra, la más castigada por la pandemia en esta sexta ola. Por el contrario, otras ya eliminaron todas las limitaciones hace meses, como Castilla y León, Castilla-La Mancha y Extremadura.
Finalmente, tras dos años de pandemia, las comunidades han levantado las medidas adicionales que pusieron en marcha para frenar la sexta ola, impulsada por la variante ómicron. El uso de la mascarilla en exteriores -la única medida que se impuso en la Navidad de 2021- decayó en febrero de 2022 y a partir del 20 de abril de no será obligatoria en interiores. También ha desaparecido en muchas de ellas el pasaporte COVID, aunque algunas lo mantienen en entornos residenciales y hospitalarios.
Para no perderse en la multitud de normativas vigentes, RTVE.es ha recopilado las principales aplicadas en cada territorio a día de hoy.
Así está la situación este mes de noviembre y las restricciones en cada región
[Puedes consultar todas las restricciones en este enlace]
Andalucía
Restauración: sin restricciones de aforo ni horario.
Ocio nocturno: sin restricciones de aforo ni horario.
Aragón
Restauración: bares y restaurantes con aforo y horario fijado en la licencia. Se permite consumo en barra.
Ocio nocturno: pubs y discotecas con aforo y horario fijado en la licencia. Se permite el consumo en barra.
Pasaporte COVID: a partir del 4 de febrero solo obligatorio para visitas a hospitales y residencias.
Asturias
Restauración: bares y restaurantes podrán abrir según su licencia.
Ocio nocturno: el interior de pubs y discotecas, abierto desde el 28 de enero, y se recupera el servicio en barra.
Baleares
Restauración: sin límites de aforo ni de horarios.
Ocio nocturno: sin límites de aforo ni de horarios.
Canarias
Niveles de islas: no hay distinciones por islas ni niveles hasta el 30 de abril, que se volverá a revisar la situación epidemiológica.
Reuniones: sin límites de aforo ni de horarios.
Restauración: sin límites de aforo ni de horarios.
Ocio nocturno: sin límites de aforo ni de horarios.
Pasaporte COVID: para turistas que visitan el archipiélago.
Cantabria
Niveles: de los 102 municipios de Cantabria, todos están en 'riesgo controlado', ya que las medidas de nivel 0, 1 y 2 se han igualado, y desde el 23 de marzo la evaluación de riesgo se hace en el total de la comunidad.
Restauración: bares y restaurantes deben tener medidores de CO2. Aforo al 100 % en los niveles 0, 1 y 2. El consumo en barra está permitido y no hay limitaciones horarias.
Ocio nocturno: son necesarios los medidores de CO2. Sin restricciones de horarios o aforos.
Castilla-La Mancha
Restauración: sin restricciones de aforo o límites horarios. Sigue siendo obligatorio el uso de la mascarilla y respetar la distancia de seguridad.
Ocio nocturno: sin restricciones de aforo o límites horarios. Sigue siendo obligatorio el uso de la mascarilla y respetar la distancia de seguridad.
Castilla y León
Restauración: aforo y horario según licencia.
Ocio nocturno: aforo y horario según licencia.
Cataluña
Restauración: bares y restaurantes pueden abrir hasta el horario que marca su licencia y sin restricciones de aforo. La mascarilla es obligatoria si no se está consumiendo y la separación de 1,5 metros entre comensales es obligatoria.
Ocio nocturno: pubs y discotecas vuelven a estar abiertos desde el 11 de febrero. La mascarilla es obligatoria si no se consume y se puede bailar con ella puesta.
Comunidad Valenciana
Restauración: sin limitaciones de aforo y horarios en restaurantes y asadores en Valencia.
Ocio nocturno: sin limitaciones de aforo y horarios; se permite el consumo en barra y la pista de baile con mascarilla y sin consumir.
Pasaporte COVID: solo obligatorio en residencias y centros sociales de personas mayores.
Extremadura
Reuniones: desde el 30 de septiembre no hay límite de personas aunque se recomienda no pasar de las 10 y usar mascarilla también en encuentros familiares.
Restauración: sin restricciones de aforo desde el 30 de septiembre aunque se recomienda no superar el 80 % en interiores ni las mesas de 10 personas.
Ocio nocturno: sin restricciones de aforo aunque se recomienda no superar el 80 % dentro de los locales.
Galicia
Restauración: horario y aforo según licencia pero mesas limitadas a ocho clientes en el interior y 15 en exterior.
Ocio nocturno: horario y aforo según licencia pero mesas limitadas a ocho clientes en el interior y 15 en exterior.
Madrid
Restauración: apertura según horario de la licencia y sin limitaciones de aforo. En las terrazas no se puede fumar si no hay al menos dos metros de distancia con otras personas.
Ocio nocturno: apertura según horario de licencia y sin limitaciones de aforo. El baile y el consumo de bebidas se permite en interiores y en exteriores con mascarilla.
Murcia
Restauración: bares y restaurantes con el aforo y horario que marque la licencia.
Ocio nocturno: pubs y discotecas con el aforo y horario que marque la licencia.
Navarra
Restauración: horarios y aforo según licencia.
Ocio nocturno: horarios y aforo según licencia.
País Vasco
Restauración: bares y restaurantes con aforo y horario según marca la licencia.
Ocio nocturno: pubs y discotecas con aforo y horario según marca la licencia.
La Rioja
Restauración: horario de cierre según licencia. Los establecimientos tienen dos meses desde el 8 de marzo de 2022 para retirar las terrazas que se ampliaron de forma excepcional durante la pandemia.
Ocio nocturno: horario de cierre según licencia.
Ceuta
Restauración: sin límites de aforo y con el horario que marque la licencia. Las mesas y sillas deberán estar separadas 1,5 metros, la barra se puede usar con distancia interpersonal y está prohibido fumar en terrazas si no hay al menos 2 metros de distancia.
Ocio nocturno: sin límite de aforo y con el horario que marque la licencia. Se permiten las pistas de baile siempre que se mantenga la distancia interpersonal y no se consuma.
Melilla
Restauración: sin límites de aforo y con el horario que marque la licencia.
Ocio noctuno: con aforos como los de la restauración y cierre según licencia. Se permite la barra y la pista de baile.
Pasaporte COVID: en principio se mantiene a la entrada de hospitales y residencias de mayores.
Sobre los datos
Para elaborar esta información utilizamos los datos facilitados por las comunidades autónomas, los ayuntamientos afectados y los centros territoriales de RTVE.
Para que un municipio forme parte de este mapa es necesario que exista una definición expresa de confinamiento por parte una autoridad competente del ayuntamiento, la comunidad autónoma o de un rango superior. Además, se incluyen los municipios afectados por las restricciones equivalentes a las de una fase de la desescalada, y por aquellas otras que, sin remitir a ninguna fase de la desescalada, adoptan medidas definidas por los gobiernos autonómicos en clasificaciones propias que afectan al menos a las reuniones de personas y/o a la movilidad de los ciudadanos.
La información sobre la población afectada por estas medidas procede del padrón municipal del Instituto Nacional de Estadística (INE).
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