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Para obtener la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida en Andalucía, es necesario tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%. La solicitud debe realizarse presentando la documentación correspondiente, ya sea de forma presencial o electrónica.
Recientemente, la Consejería de Inclusión Social ha anunciado que, una vez reconocido el grado de discapacidad, se notificará automáticamente la concesión de la tarjeta junto con la resolución del grado, agilizando el proceso.
Andalucía mejora la accesibilidad en cuanto a la tarjeta de aparcamiento de las personas con discapacidad
En Andalucía, para obtener una tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, es necesario tener un grado de discapacidad de al menos el 33 %. La tarjeta solo se concede después de realizar una solicitud y entregar la documentación requerida, tanto de forma presencial como online.
La Consejería de Inclusión Social ha comunicado que se implementarán medidas para agilizar y facilitar el proceso de obtención de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
A partir de ahora, una vez que se haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, la persona beneficiaria recibirá automáticamente la tarjeta de aparcamiento junto con la resolución que certifica su grado.
Este cambio elimina la necesidad de realizar trámites adicionales, simplificando el procedimiento y reduciendo el tiempo de espera, lo que mejorará la accesibilidad para aquellos que más lo necesitan.
Esta mejora se implementará mediante una actualización normativa que adaptará los procedimientos al Real Decreto de 2022, el cual introduce un nuevo baremo para evaluar las limitaciones en la movilidad.
Uso y requisitos para personas con movilidad reducida
La tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida ofrece varios beneficios a nivel nacional. Los titulares pueden solicitar la reserva de una plaza de aparcamiento cerca de su hogar o lugar de trabajo, siempre que lo soliciten a la administración correspondiente.
Además, permite aparcar en espacios habilitados para personas con discapacidad, en zonas de estacionamiento con tiempo limitado durante el tiempo necesario y en áreas reservadas para carga y descarga, según las normativas de cada localidad.
También autoriza a estacionar en cualquier lugar de la vía pública por motivos justificados y el tiempo imprescindible, así como el acceso a zonas restringidas a residentes, siempre que el destino esté dentro de esas áreas.
Para ser beneficiario de esta tarjeta, es imprescindible tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Además, se deben cumplir algunas de las siguientes condiciones:
- Presentar graves dificultades de movilidad, como ser usuario de silla de ruedas, depender completamente de dos bastones para caminar o mostrar comportamientos agresivos debido a graves deficiencias intelectuales. También puede ser suficiente con alcanzar al menos 7 puntos en el baremo de valoración de movilidad establecido por el Real Decreto 1971/1999.
- Tener una deficiencia visual que implique limitaciones en las actividades diarias con un grado igual o superior al 65 %.
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