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Madrid, 11 mar (EFE).- El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado una sentencia de un juzgado de primera instancia de Madrid, que ignoró la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre una cláusula de vencimiento anticipado de un préstamo hipotecario.
El TC ha estimado así el recurso de amparo presentado por un particular, al considerar que se vulneró su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
El banco presentó una demanda de ejecución hipotecaria contra la demandante y otros, y el juzgado procedió a decretar el embargo y requirió de pago a los deudores; posteriormente, la recurrente denunció por abusiva la cláusula de vencimiento anticipado incluida en su contrato de préstamo, extremo que fue rechazado por el juez.
Ahora, el Constitucional estima que el juzgado debió atenerse a la interpretación del TJUE, que en 2016 el juzgado debió comprobar si la cláusula era o no abusiva, es decir "el órgano judicial debió admitir el incidente y conocer de la posible abusividad de la cláusula".
La sentencia ha contado con un voto particular del magistrado Ricardo Enríquez, que cree que el recurso de amparo debió desestimarse porque no se puede exigir al juez "el control de oficio de la cláusula abusiva", sino que debe pedirlo "expresamente".
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