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Bruselas, 17 may (EFE).- El Tribunal General de la Unión Europea confirmó hoy la validez de los límites en el uso de ciertos insecticidas que impuso la Comisión Europea por el riesgo que suponen para las abejas, en una sentencia que da la razón a Bruselas frente a las multinacionales agroquímicas Bayer y Syngenta.
En cambio, la corte con sede en Luxemburgo estimó parcialmente un recurso de la empresa química BASF y anuló las medidas que restringen el uso del plaguicida fipronil, puesto que se impusieron sin una evaluación previa de su impacto.
En 2012, la Comisión Europea decidió revisar las autorizaciones concedidas a escala de la UE para los insecticidas clotianidina, tiametoxam e imidacloprid, y para el plaguicida fipronil a raíz de la desaparición de colonias de abejas debido al mal uso de plaguicidas.
Para ello, solicitó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) una evaluación de los peligros que suponen para las abejas y, a la vista de los riesgos detectados, introdujo nuevas prohibiciones en el uso de estas sustancias en 2013.
Mediante dos reglamentos (uno para los tres insecticidas citados y otro para el fipronil) se exigía también a los Estados que modificasen o anulasen las autorizaciones vigentes de ciertos productos que contuviesen esas sustancias.
La multinacional alemana Bayer y la suiza Syngenta, dos de las mayores fabricantes de productos agroquímicos y pesticidas a nivel mundial, así como la alemana BASF, que produce y vende el fipronil, recurrieron la decisión ante el Tribunal General.
Syngenta reclamó, además, una indemnización de al menos 367,9 millones de euros.
Con la sentencia dictada hoy, la corte europea desestima totalmente los recursos de Bayer y Syngenta y da la razón a la Comisión.
Considera que Bruselas logró demostrar que, dado el endurecimiento de las normas relativas a la protección de las abejas frente a los efectos nocivos de estas sustancias, los riesgos detectados por la EFSA justificaban eliminar la aprobación para la clotianidina, el tiametoxam y el imidacloprid.
Indica, además, que por el denominado "principio de cautela" las instituciones pueden tomar medidas frente a los posibles riesgos para la salud humana y el medio ambiente sin esperar a que estos queden plenamente demostrados científicamente o se materialicen, y recuerda que la protección de la salud pública, la seguridad y el medio ambiente priman sobre los intereses económicos.
Asimismo, avala la prohibición de comercializar las semillas que fueron tratadas previamente de forma legal con esas sustancias.
Sin embargo, el Tribunal estimó parcialmente el recurso de BASF contra la prohibición de utilizar fitosanitarios que contengan fipronil para ciertos cultivos por considerar que la Comisión impuso los límites sin medir sus consecuencias "para los distintos intereses en juego" y en comparación con las consecuencias de no actuar.
Por el contrario, desestima el recurso contra la prohibición de comercializar semillas tratadas con fipronil porque BASF no vende este tipo de semillas, con lo que no puede pedir su anulación.
La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal de Justicia, máxima instancia judicial de la UE.
La organización ecologista Greenpeace valoró que la sentencia "establece correctamente las prioridades de la UE: su deber primero es proteger a la gente y la naturaleza, no los márgenes de beneficios de las empresas" y, en un comunicado, dijo que debería alentar a la CE a actuar con respecto otras sustancias.
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