El Ministerio de Derechos Sociales introduce etiquetado accesible en Braille para productos de consumo

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12/08/2024 - 12:30
Una mujer pulsa un botón accesible en un ascensor

Lectura fácil

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 presentó el pasado miércoles, el proyecto de Real Decreto que regula el etiquetado en Braille de productos de consumo, el cual estará disponible para consulta pública en las próximas semanas.

La información publicada de acuerdo con la página web del departamento dirigido por Pablo Bustinduy, el periodo para presentar aportaciones comenzó este pasado miércoles y estará abierto hasta el 15 de septiembre.

El nuevo reglamento de etiquetado en Braille para la protección de los consumidores

El borrador incluye un extenso anexo de bienes y productos a los que se debe aplicar esta norma, que establece la obligación de incorporar etiquetado en Braille u otros formatos accesibles para asegurar la protección de los consumidores con discapacidad.

El propósito declarado de la norma es desarrollar la Ley 4/2022 de protección de los consumidores y usuarios en situaciones de vulnerabilidad social y económica, que en su artículo 3 define a las personas con discapacidad como "consumidoras vulnerables".

Por esta razón, la disposición adicional primera de la ley en cuestión requiere que el Gobierno regule reglamentariamente un etiquetado en Alfabeto Braille, así como en otros formatos, que “garantice la accesibilidad universal para bienes y productos de consumo de particular importancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida, especialmente para las personas con discapacidad visual, quienes son consumidores vulnerables”.

El etiquetado accesible debe incluir QR en relieve y señales táctiles para proporcionar información clara a personas con discapacidad

El borrador del real decreto que se presentó la semana pasada a la audiencia pública tiene como objetivo cumplir con esta disposición.

Según sus indicaciones, se entiende por etiquetado accesible a “las menciones, indicaciones, marcas, dibujos o signos relacionados con un bien o producto que aparezcan en cualquier envase, documento o etiqueta que acompañe o se refiera a dicho bien o producto, y que permitan a las personas con discapacidad, especialmente a las personas con discapacidad visual, obtener de manera clara y comprensible información veraz, eficaz y suficiente sobre las características esenciales del mismo”.

Para lograr esto, el etiquetado accesible utilizará el sistema Braille, códigos QR en relieve o señales táctiles, así como elementos relacionados con la accesibilidad cognitiva o la accesibilidad a la información y la comunicación, además de cualquier otro medio tecnológico que asegure la accesibilidad universal.

Los requisitos

El etiquetado accesible debe proporcionar claramente la siguiente información: nombre y denominación comercial; dirección del operador responsable (en productos alimenticios) o del productor (en otros casos); información de contacto; naturaleza, composición y finalidad del bien; calidad, cantidad y fecha de producción o lote (si es requerido); fecha de caducidad o plazo recomendado de uso; instrucciones para uso seguro y gestión de residuos; advertencias y riesgos; servicios de atención al cliente y procedimientos para quejas; e información sobre alérgenos.

Todos los datos deben estar disponibles mediante un código QR o sistema similar que pueda ser leído por un dispositivo móvil y que dirija a una página web con la información relevante y de seguridad del producto. Si la información no es accesible, el código QR o sistema análogo debe tener señales táctiles o en relieve para facilitar su localización por parte de los usuarios.

La obligación de la palabra ‘peligro’

Además, el texto establece la obligación de incluir en Braille la denominación o nombre comercial, la naturaleza y la categoría del producto. También se debe incluir la palabra "peligro" como señal de advertencia para los productos listados en la letra B del anexo, y la mención del ingrediente o coadyuvante tecnológico que pueda causar alergias e intolerancias en los productos mencionados en la letra C.

Por último, el proyecto de real decreto subraya que el etiquetado accesible en Braille también deberá estar presente en el embalaje o empaquetado exterior de los productos que cuenten con él.

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