Nueva normativa sobre animales de compañía: solo las especies incluidas podrán vivir en hogares españoles

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Tres gatos encima de una cama

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El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha iniciado los trámites para dar forma a una de las piezas más esperadas y controvertidas de la actual legislatura en materia medioambiental y social. El departamento que dirige Pablo Bustinduy prepara la norma que desarrollará el listado positivo de animales de compañía, una herramienta técnica y jurídica que busca aclarar definitivamente qué especies pueden convivir legalmente en los hogares españoles y cuáles deberán quedar fuera del entorno doméstico por razones de seguridad, salud o conservación.

Esta iniciativa no es discrecional, sino que responde a la necesidad de dar cumplimiento al desarrollo de la Ley de Bienestar Animal, aprobada en 2023. La mencionada legislación entró en vigor el 29 de septiembre de 2023 y, desde esa fecha, el Ejecutivo disponía de un plazo máximo de 24 meses para aprobar el reglamento específico. No obstante, el borrador llega con más de seis meses de retraso respecto al cronograma ideal, lo que ha generado una gran expectación entre asociaciones veterinarias, tiendas de mascotas y colectivos ecologistas.

Un procedimiento administrativo ágil: el Real Decreto

A diferencia de la ley matriz, el desarrollo de esta lista no tendrá que pasar por el largo y complejo debate en las Cortes Generales. Al tratarse de un real decreto que aplica un reglamento técnico de carácter administrativo, este no se someterá al recorrido parlamentario que conlleva, por ejemplo, un proyecto de ley ordinaria. El procedimiento implica que, una vez que el Consejo de Ministros dé luz verde a la iniciativa tras los informes preceptivos, se publicará directamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su entrada en vigor.

Factores de riesgo para incluir a los animales de compañía en el listado positivo

El nuevo marco normativo supone un cambio de paradigma radical. Hasta ahora, la legislación española funcionaba mediante "listas negras" o catálogos de especies prohibidas (como el de especies exóticas invasoras). Con el Listado Positivo de Animales de Compañía (LPAC), el enfoque se invierte: si el animal no se encuentra expresamente mencionado en la lista, su tenencia no estará permitida.

El LPAC englobará aquellas especies silvestres en cautividad que las personas pueden poseer legalmente como animales de compañía. Para organizar este vasto catálogo, el Ministerio creará secciones específicas de mamíferos, aves, reptiles, anfibios, peces e invertebrados. La inclusión de cada especie dependerá de una evaluación técnica rigurosa que analizará siete pilares fundamentales:

  1. Alimentación: Se exigirá que el animal no dependa del consumo de otros vertebrados vivos.
  2. Bienestar animal: Se evaluará si la especie puede prosperar en cautividad considerando espacio, luz y temperatura.
  3. Impacto ambiental: No se incluirán especies con potencial invasor que amenacen la biodiversidad local.
  4. Peligrosidad: Quedarán vetadas las especies venenosas o que supongan un riesgo físico real para los humanos.
  5. Protección legal: Se excluyen animales protegidos por convenios internacionales como CITES.
  6. Riesgo sanitario: Se analizará la capacidad de transmitir enfermedades zoonóticas a las personas.
  7. Tamaño: Como norma general, los mamíferos no podrán superar los cinco kilos y los reptiles los dos kilos.

Excepciones y régimen transitorio

Uno de los puntos que más preocupa a los actuales propietarios es qué ocurrirá con los animales que ya viven en los hogares pero que podrían quedar fuera de la lista. El texto contempla que, si una persona posee una especie fuera del listado antes de su aprobación, podrá mantenerla bajo condiciones estrictas de comunicación y registro. Sin embargo, si se determina que no se puede garantizar el bienestar de estos animales de compañía, las autoridades autonómicas podrían proceder a su retirada.

Un catálogo basado en la domesticación

En paralelo al LPAC, el Ministerio también desarrolla el Listado de Especies Domésticas de Compañía (LEDC). Este grupo es distinto, ya que se centra en animales que han pasado por un proceso de domesticación histórico, viendo alterado su genotipo y fenotipo por la convivencia con el ser humano.

Es importante destacar que los perros, los gatos y los hurones mantienen su estatus especial, ya que de forma automática son considerados como animales de compañía por la propia ley. Para el resto de especies, la inclusión en el LEDC otorgará formalmente dicha condición, obligando a sus dueños a inscribirse en los registros autonómicos correspondientes.

El principio de precaución como guía

El Ministerio ha subrayado que la prioridad es la seguridad ciudadana y la salud pública. Bajo el "principio de precaución", si existen dudas científicas sobre la idoneidad de una especie tras la primera evaluación, se optará por no incluirla en el catálogo. Con este control exhaustivo, el Gobierno espera reducir el abandono de especies exóticas y asegurar que todos los animales de compañía en España vivan en condiciones dignas y seguras. Al final del proceso, el objetivo es claro: proteger el bienestar animal y combatir el lucrativo e ilegal comercio de fauna silvestre.

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