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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) denuncia el olvido de las personas con discapacidad y mayores por parte de la nueva Ley de Vivienda, aprobada por el Congreso y que ahora se tramita en el Senado.
“El juicio general del proyecto de ley” en relación a estos aspectos, indica, “es de decepción y frustración para el sector social de la discapacidad. La iniciativa legal ha ignorado la demanda básica del movimiento social en cuanto a la accesibilidad universal del bien básico de la vivienda”.
“Se ha hecho caso omiso a la reivindicación esencial del sector de la discapacidad de reformar la Ley de Propiedad Horizontal para garantizar la accesibilidad universal en los elementos comunes de los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal”, añade el CERMI.
A su juicio, “esta omisión perpetúa el que 100.000 personas con discapacidad y mayores, con problemas de movilidad, sigan estando presas en sus viviendas por carecer de condiciones de accesibilidad sus edificios (ascensores, elevadores, rampas, etc.) para el ingreso y salida de sus viviendas. El 70 por 100 de los inmuebles de España de propiedad horizontal son inaccesibles”.
Por ello, insiste nen que “la valoración de esta ley es negativa y como sector social hemos de manifestarnos muy críticos con la iniciativa normativa”.
La accesibilidad universal de los edificios de viviendas sigue siendo una asignatura pendiente en la Ley de Vivienda
La accesibilidad en edificios de viviendas se refiere a la facilidad que tienen las personas con discapacidad para entrar y moverse por los edificios.
Esta accesibilidad se puede ver afectada por la presencia de barreras arquitectónicas, como escaleras empinadas, puertas estrechas o baños sin espacio suficiente para maniobrar una silla de ruedas.
La eliminación de estas barreras es importante para garantizar que todas las personas, independientemente de sus capacidades, puedan acceder a los edificios de viviendas. En muchos países, existen leyes y normativas que establecen ciertos requisitos de accesibilidad para los edificios nuevos y existentes. No es el caso de la Ley de Vivienda, aquí en España.
La falta de accesibilidad en edificios de viviendas es un problema que afecta a muchas personas
A pesar de que existen leyes y regulaciones que exigen que las construcciones nuevas sean accesibles para todas las personas, muchos edificios antiguos y existentes no cumplen con estos estándares.
Una de las barreras más comunes que impiden el acceso a personas con discapacidades en edificios de viviendas son las escaleras. Muchos edificios no tienen rampas o ascensores, lo que dificulta la entrada y salida de las personas que usan sillas de ruedas o tienen dificultades para caminar. Incluso en los edificios que tienen ascensores, estos a menudo no son lo suficientemente grandes para acomodar sillas de ruedas o no tienen botones de llamada en una altura adecuada para personas en sillas de ruedas.
Otro problema común es la falta de espacio para maniobrar. A menudo, las puertas son demasiado estrechas para permitir que las sillas de ruedas pasen fácilmente, y los pasillos pueden ser demasiado estrechos para que las personas con discapacidad puedan moverse sin obstáculos. Además, las áreas comunes como los patios y las áreas de recreación a menudo no están diseñadas pensando en la accesibilidad.
La falta de accesibilidad no solo afecta a personas con discapacidad o movilidad reducida, sino también a personas mayores y aquellos que se recuperan de lesiones o enfermedades. Además, la falta de accesibilidad puede limitar la capacidad de las personas para acceder a servicios y recursos comunitarios, lo que puede afectar su calidad de vida y su integración en la sociedad.
Es importante que los gobiernos, los propietarios de edificios y los arquitectos trabajen juntos para garantizar que los edificios de viviendas sean accesibles para todas las personas
Se deben implementar medidas para mejorar la accesibilidad en edificios existentes, y se deben aplicar regulaciones más estrictas para garantizar que los nuevos edificios sean diseñados con la accesibilidad en mente.
La inclusión y la accesibilidad deben ser una prioridad en todas las construcciones, para garantizar que todas las personas tengan igualdad de oportunidades para acceder a viviendas y servicios comunitarios.
Sobre la Ley de Vivienda, cabe recordar que la Constitución Española establece el derecho a la vivienda en su artículo 47: “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.”
Parece obvio que, para las personas con limitaciones funcionales, una vivienda “adecuada” ha de ser accesible. Y cabe añadir que, por el riesgo universal de adolecer de pérdidas funcionales, todas las viviendas deben ser adaptables con facilidad y bajo coste a las limitaciones emergentes de sus usuarios. Por otra parte, también parece obvio que una vivienda “adecuada” debe ofrecer seguridad de utilización frente a riesgos de caídas, impacto, atrapamiento, ahogamiento, acción del rayo, etc. Por lo anterior, es aconsejable que la Ley de Vivienda establezca los criterios de adecuación de la misma incluyendo, aparte de otros, la accesibilidad o adaptabilidad y la seguridad de utilización.
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