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Los famosos vehículos de movilidad personal (VMP) que se comercialicen a partir del 22 de enero del 2024 deberán contar con un certificado para poder circular. Aquellos que hayan sido comercializados hasta esa fecha podrán circular sin certificado hasta el 22 de enero de 2027.
El nuevo certificado técnico es una ficha técnica sobre las especificaciones del modelo de patín
Los patines eléctricos ya cuentan con certificado oficial de movilidad. La DGT ha acabado de redactar el Manual de características de Vehículos de Movilidad Personas, publicado el pasado 21 de enero en el BOE. Este documento cuenta con todas las exigencias de seguridad vial de la DGT, así como los estándares mínimos de calidad y durabilidad y la documentación del comprador.
Jorge Ordás, subdirector de movilidad y tecnología de la DGT, señala que “el objetivo del manual es principalmente garantizar la seguridad vial y la protección al ciudadano que conduce un VMP, así como la del resto de usuarios que comparten con él la vía”.
A pesar de la obligatoriedad de este nuevo certificado, los amantes de los vehículos de movilidad personal no deben temer a esta nueva restricción, ya que se trata de una simple ficha técnica de las especificaciones de cada modelo de patín. Gracias a dicho documento, la DGT se asegura de que los fabricantes cumplen con toda la normativa en vigor en cuanto a potencia del motor o velocidad máxima, entre otras características.
¿Cuáles son las características que deben cumplir los patines eléctricos (VMP)?
Los vehículos comercializados hasta el 22 de enero de 2024 tendrán la opción de poder circular hasta la misma fecha del 2027, aunque no dispongan de certificado. En el caso de que los patines eléctricos, por ejemplo, se compren a partir de esa fecha, deberán contar con el documento y una serie de características:
- La velocidad máxima de circulación de los VMP es de 25km/h: a partir de esa velocidad el motor debe dejar de impulsar el vehículo. Debe disponer de sistemas de antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia.
- Los patines eléctricos, al igual que el resto de los vehículos, deben disponer de un indicador de información visible donde aparezca la velocidad a la que va y el nivel de batería. Además de ello, deben incluir dos frenos independientes con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2, así como de freno de estacionamiento (más de dos ruedas).
- Los vehículos de movilidad personal deben estar equipados de catadióptricos frontal de color blanco, en ambos laterales blanco o amarillo auto y traseros, rojo.
- Los VMP para transporte de mercancías u otros servicios deben llevar reflectantes laterales y traseros.
- Tanto los patines eléctricos como el resto tendrán que incluir intermitentes delanteros y traseros, retrovisores y asistente de marcha atrás.
- Otro elemento obligatorio es el avisador acústico.
- Un sistema de estabilización consistente en la pata de cabra lateral o caballete central para evitar dejar vehículos como los patines eléctricos caídos en la acera.
- Se marca en 203,2 milímetros de diámetro mínimo establecido en las ruedas, que deben ser de superficie rugosa, nunca lisa.
- Los VMP deben contar con un doble sistema de seguridad.
- Por último, todos los VMP deben disponer de un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de una forma visible con toda la información requerida.
Muchos amantes, sobre todo de los patines eléctricos, han quedado atónitos ante esta serie de requisitos obligatorios necesarios para el manejo de estos vehículos. Aun así, se trata de un certificado necesario para la seguridad del conductor, pero también del resto de la sociedad que se cruza con ellos.
Comentarios noticia
Ley VMP
la omologacion que dicen como alguna obligación es falso no estamos exigidos los propietarios las implicaciones solo implican a fabricantes un patinete omologado será el que coste de control velocidad e iluminación dentro del decreto hay 4 omologaciones patinete infantil no se considerará nunca VMP pero si sería exigible al fabricante 2 puntos centralita y bms que no puedan ser manipuladas y que motor o motores no superen 160w en los picos de subida . VMP 150W a 350w independientemente de su potencia mínima nomilal la omologacion repito solo es industrial se exigirá gálibos rasero y delanteros y el certificado CCE por el problema de incendios en algunos modelos el más implicado es CACOTE que ahora oculta su marca vendiendo los patinetes con marcas ya conocidas de automoción de combustión las primeras Aprilia JEEP y Ducati que ellas también an denunciado este comportamiento desleal , en patinetes superior a 350w a 600w se exigirá la edad mínima del conductor más los primeros equipos de seguridad vial algo similar a un triángulo o en caso de abrerias de bloqueo motor el seguro no la mierda que fomentais como bulo sólo sería exigible el de responsabilidad civil que no supera los 33€ anuales y ningún patinete de esa gama sea alta o baja pero misma capacidad w no se prodran vender sin casco integral no quita multas en patinetes superior a 400w asta su límite en Europa y toda la unión europea de 6000w se exigirá su omologacion a carnet de conducir para compralo todos los equipos de seguridad pasiva más matriculación y número bastidor no como ahora que solo son números serie de la cadena de montaje otro detallito ustedes en general se les obliga desde el 2 de enero a comparecer en juzgados de lo penal por injurias al código de circulación DGT y más te digo si un usuario que nonca estuvo obligado a tener seguro o casco señala su web y falso testimonio sobre el decreto BOE - DGT usted estará obligado a recompensar los gastos la más implicada la aseguradora aliance con más que 300 querellas por fraude ya que asta la policía Nacional les a dicho a muchos pilotos eso no es exigible en tu patinete por no superar los 350w en mi caso el casco integral lo compré por qué no soy idiota y no me sentí obligado yo por lo menos e leído las modificaciones de la ley 49cc que es la que ahora ampara y exige a algunos pilotos VMP y no tu puto bulo que implica a todos
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