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En España, a menudo usamos indistintamente los términos "pensión por incapacidad" y "pensión por discapacidad", pero en realidad son distintos. En este artículo exploraremos las diferencias entre ambos y los requisitos necesarios para acceder a cada uno. Es importante entender estas diferencias para determinar si somos elegibles y cumplimos con los requisitos para recibir alguna de estas prestaciones.
Pensiones de cara al colectivo con discapacidad
En España, es comúnmente aceptado utilizar los términos "pensión por incapacidad" y "pensión por discapacidad" de manera intercambiable, pero en realidad, estas dos formas de asistencia tienen significados y condiciones muy distintas. Es crucial comprender estas diferencias si se está considerando solicitar alguna de ellas, ya que cada una tiene requisitos específicos y condiciones particulares para los posibles beneficiarios.
Las pensiones por incapacidad se otorgan a aquellas personas que, debido a una enfermedad o lesión, han perdido parcial o totalmente su capacidad para trabajar. Este tipo está diseñado para proporcionar apoyo financiero a aquellos que no pueden generar ingresos debido a su estado de salud.
Por otro lado, la de discapacidad está dirigida a personas con alguna discapacidad reconocida que les impide participar plenamente en la vida laboral o que necesitan asistencia adicional para hacerlo. Esta no se basa únicamente en la capacidad de trabajar, sino en la limitación funcional que la discapacidad impone en la vida diaria.
Diferencias entre pensión por discapacidad e incapacidad
Es importante tener en cuenta que los requisitos y condiciones para acceder a cada tipo de ayuda pueden variar según la legislación y las regulaciones vigentes. Además, es fundamental contar con el asesoramiento adecuado para comprender completamente los procesos de solicitud y los derechos asociados a cada una de estas formas de asistencia financiera.
Este tipo de pensiones varían en grados:
- Incapacidad Permanente Parcial: La capacidad laboral se reduce al menos en un 33 %, pero el individuo aún puede desempeñar su trabajo habitual.
- Incapacidad Permanente Total: El trabajador ya no puede realizar su antigua actividad laboral, aunque puede ser capaz de trabajar en una profesión diferente.
- Incapacidad Permanente Absoluta: El individuo no puede ejercer ninguna profesión.
- Gran Invalidez: Similar a la absoluta, pero requiere asistencia de un tercero para las actividades diarias, lo que se traduce en una mayor prestación para cubrir los costos asociados.
Para acceder a esta prestación, el beneficiario debe cumplir con requisitos establecidos, como no estar en edad de jubilación y estar registrado en la Seguridad Social. El grado de incapacidad es determinado por un tribunal médico.
Por otro lado, la pensión por discapacidad es concedida por las comunidades autónomas, quienes emiten un certificado que determina el porcentaje de discapacidad del solicitante. La discapacidad se refiere a la limitación en la capacidad para realizar actividades cotidianas debido a deficiencias físicas, mentales o sensoriales.
¿Qué requisitos son necesarios para obtener esta ayuda?
Para acceder a pensión por discapacidad, no basta simplemente con tener una condición de discapacidad reconocida. Existen requisitos específicos que deben cumplirse, especialmente para la no contributiva por invalidez. El individuo debe tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 % y no superar ciertos límites de ingresos.
Una distinción importante entre ambas pensiones es que la primera se enfoca en la capacidad laboral del trabajador, mientras que la segunda abarca dificultades que pueden surgir en ámbitos laborales, personales y sociales.
Es esencial entender que una persona puede tener una discapacidad reconocida sin que esto le impida trabajar. Por ejemplo, alguien con una discapacidad auditiva del 33 % corregida con un audífono o un implante coclear puede ejercer una profesión sin dificultad.
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