El compromiso con la legislación lleva a las empresas a crear planes de igualdad

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16/12/2022 - 10:41
Compañeros de trabajo trabajando juntos en una reunión

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La evolución del mercado laboral ha experimentado en las últimas décadas un enorme giro. La incorporación de manera masiva de la mujer en el mercado laboral, la enorme especialización de estas en materias que antes dominaban más los perfiles masculinos, ha hecho que la ley y las empresas tengan que encaminarse hacia la apuesta de medidas que fomenten la igualdad de género en el entorno laboral. 

Por tanto, el tácito compromiso con la igualdad en el ámbito del género, ha hecho que las compañías aumenten las oportunidades en igualdad, indistintamente, del sexo del empleado. Todo ello tiene como fin último, acabar con las desigualdades y la discriminación imperante en un pasado no tan lejano.

Sin embargo, la fortuna, y las leyes de protección ante esas desigualdades ha hecho que en la actualidad, se pueda hacer uso de herramientas que ayudan a fomentar la erradicación de esas situaciones y eso se puede hacer dentro del seno de una compañía. Es más, desde marzo de 2022, es obligatorio contar con un plan de igualdad empresas, siempre que la empresa cuente en su plantilla con más de 50 trabajadores; así como también, cuando lo recoja el Convenio Colectivo de aplicación, o en caso de que la Autoridad Laboral lo requiera a través de un proceso de sanción.

Sanciones a las que se pueden enfrentar las empresas

El hecho de no poseer un Plan de Igualdad en una empresa o compañía cuando la ley lo marca, puede derivar en sanciones por tal motivo, ya que el cumplimiento es absolutamente obligatorio. En este caso, la empresa estaría incurriendo en una denominada infracción grave, por lo que a tal efecto, las multas que se aplican, se mueven en una horquilla entre los 626 y los 6.250 euros, cantidades nada desdeñables que se pueden evitar a toda costa con la intervención de una consultora que aplique un buen plan adecuado. 

Sin embargo, dado el caso de que la Autoridad Laboral haya notificado previamente a una compañía sobre la obligatoriedad de contar con un Plan de Igualdad y se hayan hecho oídos sordos a esta petición, la sanción pasa a ser calificada como muy grave, y las multas serían mucho mayores, de entre 6.251 euros hasta la estratosférica cantidad de 225.018 euros.

Razones más que suficientes para que las empresas tengan en consideración las normas que establece la ley en estos términos de igualdad de género, ya no solo para que no multen, sino para ser una pieza clave en el avance de derechos en igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito del trabajo.

Así se pueden definir las fases de un Plan de Igualdad

En primer lugar, adquirir el compromiso, eso es fundamental. Creer en lo que se hace y ponerlo en valor. En este caso, el responsable legal de la empresa es informado y se comienza con la negociación. 

Más tarde, toca detectar todos los posibles casos de desigualdad que pueden darse en la compañía, por el mero hecho de tener sexos diferentes. Se mirarán también las nóminas y retribuciones de los trabajadores y trabajadoras. En definitiva, todo servirá para extraer datos que sirvan para la efectividad del plan. 

Acto seguido, habrá que elaborar el Plan de Igualdad, propiamente dicho, con todos los pormenores, sus cláusulas, su aplicación, sus casos, etc., que sea siempre adecuado a las necesidades de la compañía. 

Por último, se procederá al registro del plan con objeto de darle toda la validez legal. A nivel general, el documento final tendrá que tener admisión en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, pero puede ocurrir también que cada Comunidad Autónoma tenga como referencia un registro distinto, algo que habrá que tener en cuenta.

En definitiva, con este Plan de Igualdad se da acceso a una serie de parámetros que buscan, en todo caso, lograr las máximas cuotas de igualdad de oportunidades, sin tener en cuenta si se es hombre o mujer. También sirve para mejorar el prestigio de la empresa, y hacerse más atractiva para clientes y proveedores. 

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