El Tribunal Supremo obliga a la Policía Nacional a no excluir a opositores por el hecho de tener lentes intraoculares

EmailFacebookTwitterLinkedinPinterest
27/02/2023 - 08:14
El Supremo excluye los requisitos que excluían el acceso de los Policías con lentes

Lectura fácil

El Tribunal Supremo ha modificado lo que ya estaba establecido a la hora de acceder al cuerpo de la Policía Nacional. Así, no podrán excluir a aquellos que cuenten con lentes intraoculares o fáquicas, ya que, en otros países como Estados Unidos, sí que se permite acceder a aquellos que se han sometido incluso a cirugías. 

La Policía Nacional podrá llevar lentes intraoculares o fáquicas 

Hasta ahora, el acceso a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado ha estado limitado por una serie de requisitos y obligaciones, así como prohibiciones. Una de ellas ha sido la de excluir a un opositor que aspira a entrar en la Policía Nacional y que cuenta con lentes intraoculares o fáquicas. 

Sin embargo, durante el 2021 ya se pudo observar varios reproches por el hecho de dejar fuera de la Policía Nacional a aspirantes que contaban con este tipo de cirugías, ya que, en otros países como Estados Unidos, sí que se permite incluir a los miembros incluso del Ejército. 

Asimismo, los jueces consideran esto como algo “poco serio” por parte de Interior y Abogacía del Estado. 

Según informan desde el Diario, la razón de esta modificación se debe a que varias decenas de aspirantes a Policía Nacional que acudieron a Justicia denunciaron que se habían quedado fuera de la oposición por el hecho de llevar lentes intraoculares o fáquicas. 

Tal y como hemos señalado, este recurso ya llegó e n 2021 y la primera decisión de los jueces llegó en septiembre de ese año, justo cuando los magistrados suspendieron esta prohibición de manera cautelar. A partir de entonces, la misma sala ha anulado una convocatoria de 2.500 plazas de Policía Nacional por incurrir en esta exclusión. 

La normativa médica de 2021 es ilegal, ya que no cuenta con justificación médica o científica 

Cuando el pleito siguió adelante, se examinaron a fondo todas las causas de esta prohibición y se llegó a la conclusión de que esta ley era ilegal al no contar con ningún tipo de justificación científica o médica. 

Esta decisión se dio tras estudiar los informes que aportaron las partes, es decir, un informe de una clínica especializada en estas cirugías y otro de una página web por parte de Interior y la Abogacía del Estado. 

Además de estas pruebas médicas, los magistrados insistieron en que en Estados Unidos los soldados pueden integrar en una unidad militar, aunque lleven este tipo de lentes.  

Ante estos argumentos, los jueces reprochan a Interior y a la Abogacía del Estado por proceder “porco serio” a la hora de dictaminar a última hora y en forma de un informe del funcionario responsable de la sanidad en la Dirección General de la Policía. 

En conclusión, el Supremo señala que “no hay actualmente ninguna sólida razón médica por la que quienes tienen implantadas lentes fáquicas estén en condiciones significativamente peores que otras personas para el desarrollo de las actividades propias de los miembros de la Policía Nacional”

Añadir nuevo comentario