¿Cómo avanza la nueva ley que regula el teletrabajo en España?

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23/07/2020 - 16:06
¿Cómo avanza la nueva ley que regula el teletrabajo en España?

Lectura fácil

El confinamiento por coronavirus ha multiplicado por tres el número de empleados que trabaja desde casa en España, hasta más del 30%, según datos de Eurofund. El Ministerio de Trabajo está preparando la nueva 'Ley de Trabajo a Distancia' para regular esta nueva forma de trabajar.

La ley que regulará el teletrabajo

Tras meses recomendando el teletrabajo a todas las empresas, el Gobierno quiere dotarlo de un marco legal cuanto antes, aunque haya algunas normas en vigor sobre esta materia, no son suficientes, según la propia ministra de Trabajo y Economía Social, que ha señalado que "el actual artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores donde está regulado ahora el teletrabajo es insuficiente y obsoleto".

Esta "nueva normalidad laboral" registrará ventajas e inconvenientes para las empresas y para los trabajadores. Los sindicatos UGT y CCOO llevan ya varias semanas pidiendo al Gobierno negociar el anteproyecto de Ley sobre el teletrabajo y han subrayado la importancia de trabajar en el diálogo social con la patronal en aras de garantizar la protección de los derechos de los trabajadores.

Ante este nuevo contexto laboral de muchos trabajadores, la nueva ley propondrá una serie de medidas importantes que regulará el teletrabajo, según lo describe el texto propuesto por el ministerio de Yolanda Díaz.

Detalles a acordarse con el trabajador

Según describe el primer texto propuesto, la futura ley tiene como objetivo "el establecimiento de derechos y garantías de las personas que realizan trabajo a distancia" y "establecer claramente los límites del ejercicio del trabajo a distancia pero que también le permita desplegar todas sus posibilidades". Entre sus retos principales está el de "los tiempos de trabajo y descanso", un factor que deberá estar especialmente protegido por la legislación.

Se establece que la empresa y el trabajador deberán acordar y dejar por escrito los detalles de las rutinas. El borrador establecía que se podrá negociar un horario flexible, aunque la empresa podrá establecer unas franjas de disponibilidad.

¿Cómo separar el tiempo laboral y el tiempo personal en casa?

"Para garantizar la separación efectiva entre el tiempo laboral y el tiempo personal que asegure a su vez este derecho a la desconexión resulta necesario que el horario de la persona trabajadora a distancia esté específica y claramente identificado en el acuerdo de trabajo a distancia, sin perjuicio del derecho a la alteración de este que, con los límites y condiciones establecidos en dicho acuerdo, corresponde a la persona trabajadora".

El texto establecía que debe haber igualdad de trato y no discriminación respecto a las personas que acuden al centro de trabajo de la empresa, salvo "aquellos que sean inherentes a la realización de la prestación laboral en el mismo de manera presencial".

El Gobierno presenta una nueva propuesta sobre la regulación del teletrabajo

La ley propuesta también establece que "no debe haber diferencias injustificadas salariales en función del diferente nivel de vida del lugar donde se prestan los servicios". Es decir, el salario no deberá ser diferente en función del lugar de residencia de la persona.

No obstante, El Ministerio de Trabajo ha presentado a los agentes sociales una nueva propuesta sobre la regulación del teletrabajo tras las alegaciones realizadas por sindicatos y empresarios al anteproyecto de Ley de Trabajo a Distancia elaborado por el Gobierno, que volverá a mantener una nueva reunión sobre este asunto en breve, según han confirmado fuentes del diálogo social.

El trabajo a distancia deberá ser voluntario

La ley entiende el teletrabajo como un "derecho de la persona voluntaria" y "no podrá serle impuesta a la persona trabajadora por ninguna vía, ni siquiera por las que en nuestra normativa laboral admiten la modificación de condiciones de trabajo con causa justificada y procedimiento específico".

El acuerdo deberá realizarse por escrito, en el momento del contrato inicial o en un momento posterior. Entre los detalles que deberán al menos constar en el acuerdo estarían los siguientes, según recoge directamente el texto del anteproyecto de Ley:

  • "Inventario de los medios, equipos y herramientas que exige el desarrollo del trabajo a distancia concertado, incluidos los consumibles y los elementos muebles, así como de la vida útil o periodo máximo para la renovación de estos".
  • "Mecanismo de compensación de todos los gastos, directos e indirectos, que pudiera tener la persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia".
  • "Horario de trabajo de la persona trabajadora y dentro de él, en su caso, reglas de disponibilidad".
  • "Distribución entre trabajo de presencia y trabajo a distancia".
  • "Centro de trabajo de la empresa donde queda adscrita la persona trabajadora a distancia".
  • "Lugar de trabajo habitual".
  • "En su caso, medios de control empresarial de la actividad". 
  • "En su caso, plazo o duración del acuerdo". 

Compensación sobre los gastos derivados del trabajo en casa

A nivel de prevención de riesgos, "el trabajo a distancia se entenderá como un trabajo de especial peligrosidad y por ello quedará prohibido a las personas menores de edad". Tampoco se permitirá que se hagan "prácticas ni contratos para la formación a distancia", refiriéndose a las personas recién tituladas y no a las prácticas de formación universitaria.

Otro de los aspectos son los gastos derivados del trabajo en casa. "Las personas que trabajan a distancia tendrán derecho a la dotación de todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad". Y es que según contempla el borrador, el trabajador tendrá derecho a la compensación total de gastos. Esta compensación se podrá establecer por distintas vías, por medio de convenio colectivo.

La empresa debe sufragar los gastos, directos o indirectos del teletrabajo

"El desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado en su totalidad por la empresa, y no podrá suponer, en ningún caso, la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos, directos o indirectos, relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral".

La legislación deja la puerta abierta a la compensación por el "lugar de trabajo habitual", que puede ser o bien el domicilio del trabajador u otro lugar. Respecto al uso de los equipos, la empresa tendrá la obligación de fijar por escrito cada cuánto renovará los equipos y medios de producción para el trabajador a distancia.

Las empresas también tendrán la obligatoriedad de garantizar "la participación efectiva de esos trabajadores en las acciones formativas y su derecho a la promoción profesional".

Derecho a la intimidad, privacidad y desconexión digital

Un punto importante será el de la intimidad y la protección de datos. Según establece el borrador, "la empresa no podrá exigir la instalación de programas o aplicaciones en dispositivos propiedad de la persona trabajadora, ni la utilización de estos dispositivos en el desarrollo del trabajo a distancia"

Uno de los problemas más relacionados con el teletrabajo es la gestión del tiempo. Para intentar paliarlo se regulará el derecho a la desconexión digital, una iniciativa propuesta por algunos grupos desde hace años pero todavía no reflejada en la ley.

"El deber empresarial de garantizar la desconexión conlleva una limitación absoluta del uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso, así como el respeto a la duración máxima de la jornada y a cualesquiera límites y precauciones en materia de jornada que dispongan la normativa legal o convencional aplicables".

Teletrabajo en España

El teletrabajo o trabajo a distancia es una tendencia que ha estado progresando en España, pero lo hacía de una forma muy lenta hasta que llegó el estado de alarma por el coronavirus. Gracias a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación muchos trabajadores consideraban que podían realizar las mismas tareas en su casa que en la oficina de la empresa, pero beneficiándose de otras ventajas.

En España el teletrabajo alcanzó en el segundo trimestre de 2018 su nivel más elevado, con 1,43 millones de personas utilizando esta modalidad laboral, según el Monitor Adecco de Oportunidades y Satisfacción en el Empleo elaborado por el grupo de recursos humanos e investigadores de Barceló y Asociados.

El coronavirus ha impulsado el teletrabajo

De esta forma, el número de personas que dicen trabajar al menos ocasionalmente desde su hogar muestra una clara tendencia ascendente desde 2006. Con la crisis económica, a partir de 2008, continuó su incremento progresivo.

No obstante, en el bienio 2014 -2015, es decir, en la primera etapa de la recuperación económica, el colectivo de teletrabajadores se redujo. Hasta que, en la actualidad, por el confinamiento por coronavirus, desde los primeros meses de 2020 se ha disparado el número de personas que teletrabajan desde sus hogares, lo cual el Gobierno ha recomendado encarecidamente.

Ventajas y desventajas del teletrabajo

  • Abaratamiento de costes. Los costes fijos asociados al mantenimiento de las oficinas, entre otros.
  • Conciliación laboral. Los empleados trabajan más felices y eso hace que sean más productivos.
  • Contratación de los mejores. No importa su localización geográfica o que su disponibilidad no sea total. 
  • Aprovechamiento del tiempo. Estar en la oficina no supone estar más concentrado. De hecho, al haber más gente y tener puntos de encuentro como la cocina, hace que en ocasiones la distracción aumente. En casa también puede ocurrir, pero nunca habrá tanta gente como en la oficina.
  • Orientación a resultados. En lugar de medir el tiempo que estamos sentados en la silla, a través del teletrabajo las empresas pueden enfocar sus trabajos en cuanto a resultados.
  • Información compartida. El servidor de la empresa se coloca en la nube para que todos los empleados puedan acceder a la información compartida, ahorrando tiempo.

Desventajas de teletrabajar

  • Imagen de empresa. Estamos acostumbrados a que las grandes compañías tengan sedes grandes, lo que da imagen de solidez y fortaleza. Por cuestiones de imagen, el hecho de disponer de un centro de trabajo es significativo.
  • No todas las personas funcionan en el teletrabajo. La selección de personal debe ser muy rigurosa en busca de profesionales responsables, orientados a resultados, muy organizados y que trabajen bien sin supervisión. 
  • No hay un espacio fijo de reunión. Las reuniones pueden ser telemáticas, aunque en el caso de requerir un encuentro presencial esto puede ser una dificultad. 
  • Relaciones menos fuertes entre los empleados. Trabajar desde casa tiene muchas ventajas pero las relaciones personales en el trabajo son importantes para tener sentimiento de equipo. En este sentido, cabe tener en cuenta la necesidad de las personas para relacionarse.
  • Sistemas informáticos eficientes. Para que sea posible y tener el control de la situación, las herramientas informáticas deben ser potentes. De lo contrario, habrá pérdidas de productividad en el caso de caídas en la web, así como a la hora de estructurar las tareas y comunicarse.

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