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Con motivo de la crisis sanitaria del coronavirus se han quedado paralizados muchos trámites administrativos, entre ellos, las renovaciones del grado de discapacidad, al igual que las ITV, las renovaciones de los DNI y carnet de conducir.
¿Cómo renovar el grado de discapacidad durante la pandemia?
En estos momentos no hay una norma fija en cuanto a la renovación del grado de discapacidad durante el estado de alarma, ya que las competencias las tiene las entidades regionales o autonómicas. Algunas de ellas han dicho al respecto que han decidido renovar automáticamente el grado de discapacidad a los ciudadanos, como es el caso del Gobierno de Canarias.
En este caso, tal y como han informado la consejera de Derechos Sociales del Gobierno de Canarias, Noemí Santana, esta renovación afecta a las solicitudes que estaban pendientes desde el 14 de marzo y a las que correspondan hasta el 31 de diciembre y el grado de discapacidad quedará renovado por 12 meses desde la fecha de vencimiento.
Canarias lo renueva automáticamente
En el caso de otras comunidades, como es el caso de Andalucía, permite realizar el trámite de forma telemática. Puedes consultar más información al respecto de renovar el grado de discapacidad en Andalucía en este enlace.
Asimismo, para conocer cuál es el trámite a seguir para renovar el grado de discapacidad durante el estado de alarma, es recomendable ponerse en contacto con administración autonómica, ya que es ésta la que tiene las competencias.
Consulta aquí cómo se tramita en tu comunidad
Si quiere renovar tu grado de discapacidad en alguna de las siguientes comunidades, pincha en ellas para acceder a la información correspondiente: Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Ciudad de Melilla, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco/Euskadi, La Rioja, Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña o Ciudad de Ceuta.
En relación a otros documentos importantes como el DNI, el Gobierno ha confirmado que "todos los DNI que debían ser renovados en una fecha comprendida dentro de la vigencia del estado de alarma, se prorroga durante un año su validez".
ITV, DNI y carnet de conducir
El caso del carnet de conducir ha sido un poco más complejo. En un principio, la propia DGT señalo que los vehículos que tengan caducada la ITV (siempre y cuando haya vencido durante este mismo periodo) disponen, de 30 días naturales para superar la inspección.
Sin embargo, no ha sido hasta entrar en la fase 1, como es el caso de algunas regiones en España, cuando las estaciones han abierto. Por lo que ya, en dichas regiones, se puede solicitar la cita previa y pasar la prueba técnica.
Para renovar el carnet de conducir es similar. La DGT dio una prórroga de 60 días para renovarlo cuando la situación se tranquilizara. Además, en las zonas que ya se encuentran en la fases 1, los conductores cuyas licencias hayan expirado podrán solicitar cita previa (ya que no se funciona de otra manera) y dispondrán de dos meses de plazo para renovar las licencias para conducir.
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