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El 19 de junio de 2014 se hizo efectiva la abdicación de Juan Carlos I en Felipe VI. Desde entonces, si nos ceñimos al artículo 56.3 de la Constitución española, "la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad", el rey emérito puede ser sujeto de investigaciones por fraude o delito.
De momento, las cuentas del rey emérito están siendo examinadas por la Fiscalía suiza y pronto lo serán por la española. Pero antes de esto, IU y el PCE han denunciado ante el TC la falta de voluntad del Supremo de investigar al rey emérito para "no molestarle".
Sobre el rey emérito recae la sospecha de haber cobrado 65 millones de euros en comisiones por conseguir que Arabia Saudí concediera la obra y explotación del AVE a la Meca a un consorcio de empresas españolas. El fiscal suizo sospecha que las empresas le habrían pagado la comisión, aunque Juan Carlos, según han declarado sus asesores financieros suizos, siempre atribuyó la comisión "a un puro regalo" del entonces rey de Arabia Saudí, Abdullah bin Adbul Aziz Al Saud.
El presunto cobro de esa comisión, en 2008, habría tenido lugar durante el reinado de Juan Carlos I -cuando estaba protegido por la inviolabilidad-, pero el fiscal suizo Yves Bertossa también investiga si después se han hecho transferencias, blanqueado capitales fuera de España y evadido impuestos.
El rey emérito, protagonista de los grandes escándalos de la monarquía en el siglo XXI
El recurso de amparo de Izquierda Unida (IU), Partido Comunista de España (PCE) y Foro de Abogados y Abogadas de Izquierdas ha llegado al Tribunal Constitucional con el ánimo de poner frente al órgano constitucional las numerosas "anomalías" que ha sufrido la querella presentada el 5 de diciembre de 2018 y ampliada en diciembre de 2020 contra Juan Carlos de Borbón, Corinna Larsen, el exdirector del CNI Félix Sanz Roldán, y otras seis personas por trece delitos, entre ellos, cohecho, organización criminal y blanqueo de capitales, hasta que fue archivada, el pasado 15 de febrero.
Piden amparo por la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que, en su opinión, constituye el archivo de la querella sin haberse iniciado la más mínima investigación al respecto; una vulneración que se refiere al derecho a ejercer la acusación popular y que se amplía "por ende, al derecho del pueblo soberano a obtener de la administración de Justicia una investigación eficaz y efectiva sobre las responsabilidades penales del anterior jefe de Estado y resto de personas querelladas", consta en el recurso, al que ha tenido acceso el diario Público.
También solicitan IU, PCE y Foro de Abogados y Abogadas de Izquierda amparo al Constitucional por otro motivo: el auto de 12 de marzo de 2021 que acordó inadmitir a trámite el incidente de recusación planteado por los querellantes contra los magistrados Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo, Ana María Ferrer, Antonio del Moral y Andrés Palomo, los componentes de la Sala que dictó el archivo; y que lo hizo con una "evidente animadversión y hostilidad manifestada y demostrada por escrito al calificar y tildar a las partes querellantes de profesionales de la acción popular, que la degradamos, y de que estamos intentando convertir noticias en delitos", consta en el recurso. Fueron los propios magistrados recusados los que decidieron sobre la inadmisión de su recusación por pérdida de apariencia de imparcialidad, algo que el recurso destaca como anormal y como fuente de indefensión.
¿Puede ser el rey juzgado o investigado por delitos cometidos durante su reinado?
Ciñéndonos a la Constitución, el rey emérito no puede ser imputado por delitos previos a la abdicación, pero sí por los posteriores.
El 19 de junio de 2014 Juan Carlos I dejó de estar protegido por la inviolabilidad y ahora se le podría investigar por hechos privados de su etapa como como monarca, porque la inviolabilidad afecta a la institución, no a la persona.
No se debe confundir la inviolabilidad con la impunidad. La interpretación que la justicia española haga de la inviolabilidad del rey marcará su futuro judicial en Suiza.
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