Se me acaba el paro: ¿Qué puedo hacer?

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17/06/2020 - 13:39
Desempleados españoles hacen cola en una oficina de empleo. EUROPA PRESS

Lectura fácil

Ante la pregunta de '¿qué hago cuando se me acaba el paro?' existen varias respuestas y alternativas para seguir ingresando dinero y pagar nuestras facturas.

Si ya has agotado las prestaciones de desempleocuando ya no puedes seguir cobrando el paro todavía podrás acceder al subsidio por desempleo y a otras ayudas del Sistema Nacional de Empleo. Además, siempre quedan las ayudas de otras administraciones públicas e incluso ayudas de las ONGs.

La prestación contributiva se puede cobrar durante un máximo de dos años, en función del tiempo que haya trabajado una persona. Ante esta situación, ¿existen otro tipo de ayudas públicas si se sigue sin encontrar empleo? Sí.

El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) contempla ayudas para cuando a un trabajador se le agota la prestación contributiva o no ha tenido derecho a ella, aunque los requisitos para acceder a ellas son más estrictos. 

Si sigues en paro y no tienes derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, puedes solicitar la Renta Activa de Inserción (RAI)

Para acceder a la Renta Activa de Inserción debes solicitar cita previa para presentar la solicitud en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Si eres una persona desempleada de larga duración o persona con discapacidad, previamente, deberás acreditar ante el servicio público de empleo autonómico de ru oficina la realización de acciones de búsqueda activa de empleo (BAE).

Requisitos

  • Estar desempleado e inscrito o inscrita como demandante de empleo durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el compromiso de actividad.
  • Ser menor de 65 años.
  • No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • Si tienes cónyuge y/o hijos o hijas menores de 26 años o mayores con discapacidad, o menores en acogida, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de su unidad familiar así constituida, incluyéndote a ti, dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • No haber sido beneficiario de la RAI en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud de admisión al programa, salvo en el caso de víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica y personas con discapacidad.
  • No haber sido beneficiario de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.

La RAI se concede durante 11 meses como máximo y se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud. La cuantía mensual de esta ayuda es el 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). (Cuantías para este año)

Además puedes obtener otras ayudas:

  • Si eres víctima de violencia de género o doméstica y te has visto obligada a cambiar tu residencia en los doce meses anteriores a la solicitud de admisión al programa o durante tu permanencia en esta, puedes solicitar una ayuda suplementaria de tres mensualidades de la RAI, en un pago único sin que ello minore la duración de dicha renta, y la podrás percibir una sola vez por cada derecho de admisión a la RAI.
  • Si comienzas a trabajar como persona autónoma o te coloca por cuenta ajena a tiempo completo, se suspende el pago de la RAI y tienes derecho a una ayuda equivalente al 25 % de la cuantía de la misma durante un máximo de 180 días, sin que ello reduzca la duración de la RAI pendiente de percibir.
  • Si te colocas a tiempo parcial se deducirá del importe de la RAI la parte proporcional al tiempo trabajado y el período pendiente de percibir mientras se mantenga la compatibilidad, se ampliará en la misma proporción. 

El pago de la RAI se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indique, siempre que sea titular de la misma.

Subsidio de desempleo

En el caso de haber agotado la prestación por desempleo, y si existen cargas familiares, tienes la posibilidad de cobrar el subsidio por desempleo, siempre y cuando se reúnan los siguientes requisitos:

  • Estar en paro e inscrito como demandante de empleo y no haber rechazado oferta de colocación adecuada.
  • Haber agotado la prestación contributiva.
  • Tener responsabilidades familiares.
  • Que las rentas no superen el 75% del SMI.

Subsidio extraordinario por desempleo

Para acceder a esta ayuda pública, las personas en situación de desempleo total deberán acreditar primero ante el servicio público de empleo autonómico la realización de acciones de búsqueda activa de empleo.

Después podrán pedir cita previa para presentar la solicitud de este subsidio en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Entre los requisitos generales se encuentran no tener una renta superior en cómputo mensual al 75% del SMI y acreditar responsabilidades familiares, no haber percibido previamente la ayuda económica de acompañamiento del Programa de Activación para el Empleo (PAE) y no tener cumplida la edad que le permita acceder a la pensión de jubilación (contributiva o no contributiva).

Al tratarse de un subsidio extraordinario, quedan excluidas de estas ayudas las personas que ya hayan percibido el subsidio para mayores de 52 años, el subsidio por desempleo o la renta agraria, así como aquellas personas que hayan formado parte de los programas de renta activa de inserción (RAI) o los programas de inserción PRODI o PREPARA.

Plan PREPARA

El Plan PREPARA es una ayuda de 400 euros al mes durante 6 meses que se otorga a parados que deberán haber estado en esta situación al menos 12 de los últimos 18 meses.

Además, sólo podrán solicitarla las personas con responsabilidades familiares, que pueden tener un cónyuge, hijos mayores de 26 años con discapacidad, hijos menores de 26 años, o menores y 18 acogidos o a su cargo.

PRODI: Programa temporal de protección por desempleo e inserción

El Programa temporal de Protección por Desempleo e Inserción (PRODI) es una ayuda económica (subsidio) de 426 € mensuales, durante 6 meses máximo (no prorrogables), para desempleados.

El subsidio para mayores de 45 años

Este subsidio está destinado a quienes acaban de agotar su paro, son mayores de 45 años de edad, con carencia de rentas y no tienen responsabilidades familiares. Los solicitantes cobran 430 euros al mes, que es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, durante un máximo de 6 meses.

También existen otras ayudas para los mayores de 45 años desempleados de larga duración. Sin embargo, hablaremos de ellos en otra publicación.

Subsidio para mayores de 55 años (ahora 52 años)

Los parados mayores de 52 años con cotizaciones suficientes para la jubilación (15 años como mínimo) y 6 años de cotizaciones por desempleo, que tengan carencia de rentas, pueden disponer de un subsidio de 430 euros al mes hasta la edad de jubilación, mientras buscan empleo.
 
El nuevo subsidio de mayores de 52 años entró en vigor el 13 de marzo de 2019 tras aprobarse el RDL 8/2019.

La ayuda familiar para desempleados

La ayuda familiar es un subsidio de 430 euros al mes que se concede a los parados con responsabilidades familiares, que carecen de rentas y han agotado la prestación por desempleo o bien no pueden cobrarla porque tienen cotizaciones superiores a tres meses, pero no llegan al año necesario.

Prestación especial por ERTE

Esta ayuda beneficia a casi cuatro millones de trabajadores que como consecuencia de la crisis del coronavirus se han visto incluidos en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo.

Recuerda: Tienes a tu disposición todas estas ayudas asistenciales

Estas ayudas están destinadas a los desempleados con carencia de rentas, es decir, aquellos cuyos ingresos sean por debajo de los 712,50 euros brutos al mes. Gracias al portal loentiendo.com, podemos hablar de estas ayudas, donde las explican a la perfección.

Los subsidios por cotización agotada o insuficiente

Son ayudas para aquellos casos en los que o bien no se tienen cotizaciones suficientes como para acceder a la prestación contributiva por desempleo, o bien ya se ha agotado esta prestación sin encontrar trabajo y se necesitan otras ayudas económicas.

  • Subsidio por insuficiencia de cotización, para quienes han cotizado al menos 3 meses, si tienen cargas familiares, o 6 meses si no las tienen.
  • Subsidio de ayuda familiar, para desempleados que agotaron su prestación contributiva y tienen responsabilidades familiares.
  • Subsidio para mayores de 45 años, destinado a desempleados mayores de 45 sin cargas familiares que agotan la prestación contributiva.
  • Subsidio para mayores de 52 años. Es una ayuda para desempleados mayores de 52 que tengan al menos 15 años cotizados para la jubilación a lo largo de su vida laboral. Dentro de estos 15 años cotizados, dos deben haberse cotizado dentro de los últimos 15 y de todos ellos deberá haber como mínimo 6 en el régimen general.

Los subsidios para colectivos especiales

  • Subsidio para empleadas de hogar que han visto reducido o perdido su empleo por la crisis del COVID-19.
  • Subsidio excepcional para trabajadores que han terminado contratos temporales de 2 meses, previos a la declaración del estado de alarma, que hayan perdido su empleo.
  • Emigrantes retornados mayores de 45 años.
  • Liberados de prisión,
  • Revisión de incapacidad permanente.

Ayudas extraordinarias: cuando no se tiene derecho ni prestación contributiva ni a los subsidios ordinarios, o bien se han agotado ya

  • Renta Activa de Inserción (RAI), para desempleados de larga duración mayores de 45 años, desempleados con discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas de violencia de género o emigrantes retornados mayores de 45 años.
  • Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). Es una ayuda extraordinaria, para desempleados con responsabilidades familiares (cónyuge o hijos menores de 26 años a su cargo) que hayan agotado los subsidios ordinarios por desempleo o sean parados de larga duración que han agotado el Plan Prepara o la Renta Activa de Inserción.

Servicios Sociales de los Ayuntamientos y las Comunidades Autónomas

Estas ayudas son los llamados “salarios sociales autonómicos”Rentas de Integración.Cada Comunidad Autónoma tiene un sistema distinto, con su propia normativa, requisitos e importe a cobrar. Debes informarte en su ayuntamiento.
 
También los Ayuntamientos cuentan con ayudas. Pida información en el suyo, contactando con los trabajadores sociales.

Ayudas de las ONGs

Existen cerca de un 40% de desempleados que no reciben ayudas económicas del sistema público de empleo.
  
- Cáritas: facilita ayuda de primera necesidad, como alimentos, ropa o ayudas económicas puntuales para pagar recibos domésticos, gastos sanitarios o escolares, entre otros.
 
- Cruz Roja : en colaboración con los Bancos de Alimentos, reparte ayuda entre personas en estado de necesidad. También ropas, y enseres, material escolar. 

Recuerda que esto es un medio de comunicación. No somos especialistas en este tema pero podemos ofrecerte la información que incluye este artículo. Consulta siempre este tipo de ayudas en las oficinas del Servicio Público de Empleo.
 
También es necesario informarse de las opciones que existen a través de los Servicios Sociales de su Ayuntamiento o Comunidad Autónoma.

Comentarios noticia

Sin derecho

  • Autor: Anónimo (no verificado)
  • Fecha: Mar, 04/08/2020 - 00:54

con 22 años y ya sele termino paro y al no tener carga familiares no tienen derecho a cobro ninguno quien lo entiende esto

En respuesta a por Anónimo (no verificado)

Se supone que te tienen que…

  • Autor: Anónimo (no verificado)
  • Fecha: Mié, 07/10/2020 - 17:15

Se supone que te tienen que dar la renta activa de inserción no?

Se me finaliso el paro

  • Autor: Anónimo (no verificado)
  • Fecha: Jue, 20/08/2020 - 20:16

Hace cosa de 1 mes se me acabo la prestacion por desempleo y me dicen que no tengo derecho a ninguna ayuda extraordinaria por ser menor de 65 y no tener hijos creo que es una situacion complicada para encontrar trabajo ahora mismo llevo mas de 18 meses buscando y ahora se me ara mas dificil sin ingresos ni para tramporte ni comida yo no busco ayuda economica que me ofrescan un empleo es lo que quiero pero no te ayudan en nada no me han llamado ni para darme un curso formativo y cuando se te acaba la prestacion venga a vivir a la calle con la cituacion esta del covi 19 a ver quien encuentra trabajo a tu suerte te dejan

Final paro 10 de mayo 2020

  • Autor: Anónimo (no verificado)
  • Fecha: Jue, 27/08/2020 - 13:27

Tengo 62 años, y 18anos cotizado en España y casi 21 en Rumanía.
A partir de 11 de mayo 2020 hasta ahora no he cobrado nada de ninguna prestaciones por falta de no poder ponerme en contacto con seguridad social ni inem (al telef. No contesta nunca nadie (aún que de la ss cobra) y una vez conseguí un número para la ss. Sabadell donde me dijeron que no es válido y así cada día buscar y buscar soluciones para poder cobrar algo:pero nada..... Espero que alguien me puede ayudar a solucionar el problema de no cobrar nada de hace casi 4 meses
Gracias
lazar.al361@gmail.com
.

Huir de España

  • Autor: Anónimo (no verificado)
  • Fecha: Jue, 26/11/2020 - 11:07

Huir de España

Ayudas

  • Autor: Anónimo (no verificado)
  • Fecha: Mar, 15/12/2020 - 15:24

Tengo 28 años terminé el para en septiembre.tengo derecho a alguna prestación?
. No tengo ninguna ayuda

Disfruten lo votado

  • Autor: Anónimo (no verificado)
  • Fecha: Dom, 04/04/2021 - 00:22

Disfruten lo votado

Paro

  • Autor: Anónimo (no verificado)
  • Fecha: Sáb, 31/07/2021 - 01:13

Hola, si tengo un paro de 6 meses sin empezar y estoy cobrando uno que tenía anteriormente, puedo finalizar uno y cobrar el nuevo ?

Estoy dado de alta como pareja de hecho

  • Autor: Anónimo (no verificado)
  • Fecha: Sáb, 06/11/2021 - 20:16

Estuvimos jujtos 7 años y lo dejamos pero sigo dado de alta como pareja de hecho, no lantenemos contacto tengo derecho a pedir ayudas ya q estoy desempleado

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