Universidad: Un real decreto busca fijar unos mínimos de calidad de la enseñanza superior

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01/12/2020 - 13:34
Un real decreto busca fijar unos mínimos de calidad de la enseñanza superior

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Las Universidades deberán tener un mínimo de diez títulos oficiales, seis másteres y tres programas de doctorado de tres ramas de conocimiento, según un real decreto que busca fijar unos mínimos de calidad de la enseñanza superior.

Deberán de disponer de una oferta académica mínima de títulos oficiales

El Gobierno trabaja en un real decreto por el que las universidades deberán disponer de una oferta académica mínima de diez títulos oficiales de grado, seis títulos oficiales de máster y tres programas oficiales de doctorado y deberán estar representadas como mínimo tres de las cinco grandes ramas del conocimiento, según ha informado el Ejecutivo.

Asimismo, el Ministerio de Universidades quiere asegurar a través del real decreto la calidad académica en la educación superior. La normativa establecerá los requisitos fundamentales para la creación y el reconocimiento de universidades y tendrá carácter retroactivo, por lo que las existentes tendrán un plazo para adaptarse a la nueva normativa de cinco años.

El secretario general de Universidades, José Manuel Pingarrón, ha informado recientemente de que "para que una universidad merezca el nombre de tal necesita tener actividad en las funciones fundamentales de lo que es una institución de educación superior".

"De tal manera que la formación tenga un carácter comprensivo"

A su juicio, "esto tiene que ver con la impartición de las enseñanzas, en un número suficientemente grande como para que cubra varias de las grandes ramas del conocimiento, de tal manera que la formación tenga un carácter comprensivo y, sin duda, también tiene que tener actividad en la segunda función primordial de la universidad que es la investigación".

"Por lo tanto, el borrador del real decreto lo que hace es clarificar la situación de tal manera que concreta y establece los criterios mínimos que una institución debe tener tanto en docencia como en investigación para tener el nombre de universidad", ha insistido.

El Gobierno ha especificado que la propuesta de real decreto recibirá las observaciones de las Comunidades Autónomas y de otros actores de la comunidad universitaria. Por ello, podría entrar en vigor a partir del próximo curso 2021-2022, ha avanzado.

Afecta a todas las Universidades, públicas y privadas, presenciales, virtuales o híbridas

Concretamente, la normativa regulará el ámbito universitario en todo su conjunto (públicas, privadas, presenciales, virtuales o de modalidad híbrida), y también establecerá que después de cinco años del inicio de actividades el estudiantado de grado y dobles grados será como mínimo el 50 % del total del estudiantado oficial. Asimismo, a los cinco años desde el inicio de la actividad los estudiantes matriculados en formación continua no podrán superar en dos veces el número de estudiantes matriculados en títulos oficiales.

En relación con la investigación académica, las universidades deberán dedicar al menos un 5 % de su presupuesto a un programa o programas propios de investigación y se establecerá una cifra mínima de publicaciones científicas que deberán ser publicadas y de proyectos de investigación de ámbito nacional e internacional que deberán solicitar y obtener.

También, las universidades deberán tener sistemas internos que aseguren la calidad en su funcionamiento, y en este sentido los Másteres propios deberán contar con un informe favorable del sistema interno de garantía.

Una vez aprobado este Real Decreto, los centros universitarios tendrán un plazo máximo de cinco años para cumplir con los requisitos docentes, de investigación, de personal docente e investigador, de PAS y de instalaciones establecidos en el decreto. Las universidades en funcionamiento en el momento de la aprobación del real decreto, en caso de no cumplir con los requisitos fijados, dispondrán de hasta cinco años para el cumplimiento de todos ellos.

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