Lectura fácil
El uso de los Vehículos de Movilidad Personal es cada vez más común entre los ciudadanos, sobre todo aquellos que viven en grandes ciudades. Sin embargo, en muchas ocasiones no somos conscientes del reglamento básico para poder circular con este tipo de vehículo. En GNDiario te ofrecemos toda la información sobre un tema que abarca gran parte de la actualidad.
¿Cuáles son los requisitos que debemos cumplir para manejar Vehículos de Movilidad Personal?
El manual en el Reglamento General de Circulación y el de Vehículos recoge toda la regulación necesaria sobre cómo manejar los Vehículos de Movilidad Personal y evitar que caer en las sanciones más comunes entre los conductores. Además de los conductores, los fabricante so representantes de este tipo de vehículos también se ven inmersos en una serie de recomendaciones y obligaciones.
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son dispositivos con una o más ruedas, dotado de una única plaza y capaces de ser propulsados por motores eléctricos. Entre las obligaciones, estos dispositivos solo pueden proporcionar una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Por lo demás, deberán:
- Tener dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s.
- Disponer de un indicador de información visible en el que conste la velocidad a la que va y el nivel de batería.
- Estar equipados de catadióptricos blancos en la parte de delante, de blancos o amarillo auto en los laterales y de rojos detrás. En cuanto a la luz de freno, esta tendrá que diferenciarse o combinarse con la trasera.
- Poseer un avisador acústico.
- Incorporar un sistema de estabilización en aparcamiento, con el objetivo de evitar los Vehículos de Movilidad Personal caídos en medio de las calles.
- Emplear ruedas con 203,2 mm de diámetro mínimo y superficie rugosa.
- Poder plegarse de manera segura.
- Tener un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible.
- Llevar un porta-identificador en la zona trasera.
Cuándo entrarán en vigor los cambios y las nuevas leyes
La normativa vial incorpora muchas novedades para los conductores de los Vehículos de Movilidad Personal. Todos los VMP que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 serán marcas y modelos de VMP que hayan sido certificados. Los vendidos hasta el 22 de enero de 202 aún podrán conducir hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan del documento. Por último, a partir de esta fecha, solo se permitirán los VMP que cumplan con todo lo acordado en el manual
Incumplir con alguna de las normas establecidas en el nuevo manual traerá consigo una serie de infracciones económicas. Como mencionan en Idealo, las multas para cada una de las ilegalidades relacionadas con este tipo de vehículos son:
- No llevar casco: 200€.
- Circular con auriculares o usando el móvil: 200€.
- Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas: las mismas consecuencias que si fuéramos en coche. En cuanto a la tasa de alcohol máxima permitida para menores será 0,0.
- Llevar a otra persona: 100€.
- No portar prendas reflectantes y luces por la noche: 200€.
Asique ya sabes, si tú también eres de los que te mueves con Vehículos de Movilidad Personal, atento a las indicaciones para poder disfrutar sin ningún tipo de peligro y lo más importante, sin ninguna sanción.
Añadir nuevo comentario