Un juzgado de violencia de género sentenciará al hombre que ayudó a morir a su mujer

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11/04/2019 - 09:22
Violencia mujer

Lectura fácil

La juez que instruye el suicidio asistido de Carrasco se inhibe en favor del juzgado de violencia de género.

La abogada de Ángel Hernández asegura que la titular del juzgado se ha basado en la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

El caso de Carrasco se traslada a un juzgado de violencia de género

El juzgado que tomó declaración a Ángel Hernández ha inhibido su caso a un juzgado de violencia sobre la mujer que tendrá que decidir si se queda con dicho caso o vuelve a remitirlo al juzgado de origen.

El caso del suicidio asistido de María José Carrasco, enferma de esclerosis múltiple que la pasada semana se quitó la vida con el auxilio de su marido, ha sufrido un giro inesperado.

"Estoy muy cabreado con esta situación"

Ángel Hernández, quien reconoció los hechos, pasó a disposición de la jueza que estaba de guardia, el 36 de Madrid, que decidió dejarlo en libertad sin medidas cautelares investigado por un delito de auxilio o cooperación al suicidio.

https://youtu.be/8P3OwraOz5A

Angel Hernández hoy miércoles. En vídeo, declaraciones de Hernández tras conocer la decisión de la jueza. JULIÁN ROJAS | EPV

El juez ha decidido que el caso se investigue en un juzgado de Violencia contra la Mujer.

María José Carrasco intentó quitarse la vida años antes y su marido lo impidió

Entonces pactaron que él la ayudaría cuando ella se lo pidiera. En el auto de inhibición, la jueza dice que la competencia de lo sucedido es de un juzgado de violencia contra la mujer.

Tras exponer que los hechos investigados “pueden tener encaje en un delito de cooperación al suicidio”, se refiere a la sentencia del Supremo del 20 de diciembre de 2018 que establece que cualquier acto de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de la relación afectiva de pareja es hecho constitutivo de violencia de género, “con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad”.

Auxilio o cooperación al suicidio

No obstante, el delito que se le imputa sigue siendo el de auxilio o cooperación al suicidio,tipificado en el artículo 143 del Código Penal y que contempla penas que van desde los dos hasta los diez años de prisión.

Ese artículo prevé una rebaja sustancial en las condenas de aquellos que actúen por "petición expresa, seria e inequívoca" de la víctima, si ésta sufriera "una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar", es decir, el caso de María José Carrasco y Ángel Hernández.

La Fiscalía va a recurrir el auto, ya que “no comparte la postura del juzgado de Instrucción, que no está especializado, ni la interpretación de la doctrina del Tribunal Supremo sobre la delimitación del concepto de violencia de género en que se basa”, aseguró Pilar Martín-Nájera, responsable de la Fiscalía de Violencia contra la Mujer.

Este es un tema “bastante alejado de la violencia de género y no debería confundirse”, afirmaba Martín Nájera. Y hacía referencia a la decisión del Supremo que usa el juzgado de instrucción para inhibirse: “En aquella sentencia se fijaba que no había que acreditar dolo específico, pero que se puede excluir si hay causas para ello. La violencia de género no es automática”.

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