Luces de emergencia en los atascos, sí o no

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18/07/2023 - 08:50
Encendiendo las luces de emergencia del coche

Lectura fácil

En el coche, uno de los elementos que también se encarga de velar por nuestra seguridad, son todas las luces. Y es que de ellas depende nuestra visión y el ser visto en carretera.

Asimismo, contribuyen lo máximo para informar a los demás conductores de las maniobras que tenemos pensado hacer, por lo que su uso y su mantenimiento son muy importantes.

Claro que, aunque las llevamos y no cuesta nada encenderlas sin quitar la vista de la carretera o vía, muchos tendemos a olvidarlas, y eso supone un problema importante a la hora de hablar y mantener la seguridad vial.

Las luces del coche, de los complementos más importantes para la conducción

Ahora bien, dejando de lado el resto de luces del automóvil, nos centramos en las de emergencia, o las warning, como nos gusta llamarlas a algunos.

Este tipo de luces del vehículo se encienden en diferentes acciones de la conducción:

  • Señalizar una parada en la calzada, en doble fila o en el arcén.
  • Advertir de un peligro existente en carretera.
  • Alertar a los demás conductores y demás usuarios de la vía para que tomen precauciones.

Los cuatro intermitentes también tienden a accionarse cuando no se necesitan. De esta forma lo que hacemos es quitarle importancia a la acción de estas luces, así como llevar a confusión al resto de conductores y usuarios de la vía. Lamentablemente, con esta acción lo que hacemos es que se pierda el propósito real de dicha señal luminosa tan importante.

Un ejemplo de encendido de las luces de emergencias es el acercarse a un atasco cuando estás de camino. Muchos conductores tienden a accionarlas, pero, ¿es realmente necesario su encendido o está obligado por la ley?.

Las dudas se amontonan en nuestra cabeza, tanto así, que está simple pregunta seguro que ya te está dejando perplejo por si llevas haciendo mal algo que haces siempre, pero te contamos la realidad.

En el artículo 109 del Reglamento de Circulación, se lee claramente que “el conductor debe advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral o hacia atrás de su vehículo, así como su propósito de inmovilizarlo o de frenar su marcha de modo considerable. Tales advertencias se efectuarán con antelación suficiente a la iniciación de la maniobra y si son luminosas permanecerán en funcionamiento hasta que termine aquella”.

El Reglamento de Circulación aclara dicha situación con las cuatro intermitencias

En el caso de encender las cuatro intermitencias para alertar e informar de la intención de inmovilizar el vehículo o frenar aún cuando estos hechos vengan impuestos por las circunstancias del tráfico, la ley dice que “deberá advertirse, siempre que sea posible, mediante el empleo reiterado de las de frenado o bien moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos".

Por tanto, las luces de emergencia si que tienen que activarse, ya que señalizan la presencia del vehículo solo “cuando la inmovilización tenga lugar en una autopista o autovía o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad, si se dispone de ella, y, en su caso, con las de posición”. 

Así que, si nos encontramos circulando y nos topamos con un atasco, debemos de frenar de forma repetitiva, avisando así al resto de conductores de que se está reduciendo la marcha y que, seguramente, vayamos a detenernos.

Las luces de emergencia, o warnings o cuatro intermitentes, se pondrán en caso de que el coche se encuentre totalmente inmovilizado o estemos circulando por una autopista, autovía o una zona con visibilidad reducida.

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