¿Puede una empresa aplazar la paga extra de Navidad por la crisis del coronavirus?

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27/12/2020 - 10:00
Monedero con dinero y un árbol de Navidad / Pixabay

Lectura fácil

Para quien la recibe, a estas fechas festivas se suma la alegría de cobrar la paga extra de Navidad.

En este artículo contestamos a las dudas sobre esta paga. Las pagas extras no pueden considerarse gratificaciones extraordinarias que se dan al año, tal como apuntábamos al inicio. Se trata simplemente de un método de ahorro que sistematiza la empresa para su plantilla. 

¿Quién tiene derecho a cobrar la paga extra?

El derecho a paga extra lo tienen todos los empleados en una empresa que deciden asignarla en lugar de prorratearla. Ahora bien, como se corresponde con el salario mensual que se cobra, si entras en diciembre en una empresa, en enero no cobrarás lo que el resto de compañeros que llevan desde comienzos de año, sino la parte proporcional por lo que has trabajado.

¿Cuándo se cobra la paga extra de Navidad?

El día en que se cobra la paga extra de Navidad suele venir reflejado en el convenio colectivo de cada empresa.

Lo habitual es que se haga a partir del 20 y antes del 25 de diciembre. Es decir, si te corresponde, lo más probable es que ya la hayas cobrado. Te en cuenta que a veces se hace el pago el mismo día 25 de diciembre, por lo que puede que no esté en tu cuenta hasta el día 26 o incluso el 27.

La inmensa mayoría de las empresas afrontan las Navidades más austeras de los últimos años a causa de la crisis del coronavirus

La gran crisis económica que trae consigo el coronavirus amenaza con desplomar el consumo en un período tradicionalmente de compras. Sin embargo, muchas empresas han decidido reabrir sus negocios y reincorporar a sus trabajadores con la esperanza de salvar el año.

En este sentido, hay quienes se han planteado eliminar (o, al menos, posponer) la tradicional paga extra de aquellos empleados que cuentan con un plan de retribución en 14 plazos.

Lo cierto es que las pagas extras contenidas en cualquier contrato sin prorratear son un derecho inalienable del trabajador

Parece imposible no abonar las pagas extra, pero, ¿existe algún caso en el que una empresa pueda aplazar el pago de una paga extra? 

La información.com publica el testimonio de Luis San José Gras, socio del área de Derecho Laboral de AGM Abogados, "según el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo"

Esto quiere decir, que la legislación vigente obliga a dividir el salario anual en un mínimo de 14 pagas, por lo que cuando un trabajador percibe 12 pagas es porque se han prorrateado esas dos mensualidades.

Por eso, "en el caso de que el empresario quiera aplazar el pago de una paga extraordinaria, deberá iniciar el proceso de 'modificación sustancial de las condiciones de trabajo', regulado por el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores y negociarlo individualmente con la persona trabajadora o colectivamente con los representantes de los trabajadores. Pero, eso sí, siempre y cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, y siempre que estas sean relacionadas por la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa", añade San José.

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