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Desde el 9 de mayo hasta el 20 de septiembre de este año, se habilitó el plazo para solicitar becas destinadas a estudiantes con necesidades educativas especiales. Recientemente, se han empezado a notificar las resoluciones provisionales correspondientes a estas solicitudes.
En la convocatoria del próximo curso 2023-2024, se presentó una novedad significativa: la inclusión de un subsidio universal de 400 euros destinado a todos los estudiantes que justifiquen necesidades educativas especiales o discapacidad. A pesar de ello, la mayoría de las ayudas se determinarán principalmente en función de criterios económicos, considerando los ingresos familiares y su composición.
En caso de que la resolución sea negativa, en la notificación se deberá especificar el motivo, y en caso de no estar conformes con la resolución, podemos reclamar.
Cómo manejar las resoluciones y presentar alegaciones
Así, si has recibido una resolución negativa a la solicitud de estas becas, la notificación detallará el motivo específico y se ofrecerá un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones.
La primera notificación, que se debe consultar en la web del ministerio de educación, no es definitiva. De hecho, en la notificación advierte literalmente que 'ha sido propuesto/a para la concesión de una beca de las siguientes características'.
La propuesta no será definitiva hasta 10 días hábiles después (sin contar fines de semana y festivos), que empiezan a contar a partir del siguiente al día que se consulta o descarga la notificación, cuyo aviso se recibe por correo electrónico y se consulta y descarga en la sede electrónica del Ministerio de Educación.
Estas alegaciones pueden basarse en posibles errores detectados en la resolución, adjuntando la documentación correspondiente. Tras su revisión, se emitirá la resolución definitiva, que podrá ser recurrida mediante un proceso de reposición.
Cómo presentar alegaciones
Las alegaciones pueden presentarse en el caso de haber detectado un error en la resolución, cuyos detalles se pueden ver en el apartado de Mis expedientes.
Si, tras revisar este apartado, detectamos errores, es cuando podemos alegar. Es decir, si consideras, por ejemplo, que no se han tenido en cuenta determinados datos o si estos son erróneos. Para que se tengan en cuenta las alegaciones, se debe adjuntar documentación que las justifique y añadirlos al impreso de alegaciones, que se puede descargar aquí.
Tanto el impreso como la documentación adicional se puede presentarán por Registro u otros medios admitidos en derecho, siempre dirigiéndolas a la unidad de becas que tramitó su solicitud. La dirección aparece en la parte inferior izquierda de la notificación.
Tras unos días, se resolverá y la resolución será ya definitiva, tanto si se han admitido las alegaciones como si no. Si no se está de acuerdo con la resolución definitiva -que pondrá fin a la vía administrativa-, se podrá interponer un recurso de reposición.
Antes de presentar alegaciones, se recomienda que se revise concienzudamente el apartado de Mi expediente y los requisitos y, ante cualquier duda, consultar a la unidad de Becas que nos corresponda.
Tanto en la notificación como en el expediente, se especifican los motivos, en caso de haber sido rechazada la solicitud de ayuda, y se remite a los requisitos para recibir dichas ayudas.
Si, aun así, detectamos errores, no debemos dudar en presentar las alegaciones correspondientes.
Recursos disponibles para resolver discrepancias
Los recursos de reposición solo se pueden hacer cuando la resolución es definitiva y se pueden presentar hasta un mes después del día siguiente de dicha resolución.
Únicamente tendrás que completar el impreso "Recurso de reposición" que podrás ver en esta página y que solo estará disponible cuando esté abierto el plazo para presentar el recurso. Una vez completado, se deberá presentar, dentro de plazo, en la Unidad de Becas que corresponda (en la dirección que se indica en la parte inferior izquierda de la notificación, la misma unidad donde se presentan las alegaciones), junto con la documentación que justifique tu desacuerdo con la resolución. La Unidad de Becas será la encargada de remitirlo al Ministerio de Educación para que revisen tu expediente.
Una vez agotada la vía administrativa, si persiste el desacuerdo con la resolución definitiva, existe la opción de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. Este procedimiento legal está sujeto a formalidades específicas y plazos establecidos, requiriendo la intervención de abogados o procuradores.
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