Lectura fácil
El derecho al paro es algo a lo que todo ciudadano puede necesitar recurrir alguna vez en su vida. Esta modalidad, permite que durante los meses que no estemos trabajando, podremos cobrar una retribución mientras encontramos otro trabajo y que podamos subsistir hasta entonces. Sin embargo, tiene algunos requisitos y normas para poder ser cobrado y no siempre tenemos derecho ni a las mismas cantidades, ni al mismo tiempo en que podemos percibirlo.
La Ley General de la Seguridad Social que regula la duración del paro, se recoge en el artículo 269, y viene determinada por la cotización por desempleo "en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar". De forma general, esta cotización por desempleo equivale a un 7,05 % de la base de cotización total, y se divide en un 5,5 % de aportación empresarial y un 1,55 % que corresponde al trabajador, tal y como se explica desde la página web de la Seguridad Social.
Los tipos de cotizaciones para el paro
Tomando estas primeras determinaciones en cuenta, es momento de ir desgranando aquellos requisitos que necesitamos para cobrar los dos años, periodo máximo en el que se puede cobrar el paro, para percibir esta prestación. Pero antes, hace falta hacer un último apunte, el referido a los contratos con duración determinada y a las empleadas del hogar que se han añadido recientemente.
En el caso de los primeros, la cotización será de un 8,3 %, de los cuales el 6,7 % los pondrá el empresario y el 1,6 % el trabajador. Por otro lado, para las empleadas del hogar, la cotización será de un 6,05 %, un 5 % para el empleador y un 1,05 % para el trabajador. A partir de aquí, es necesario calcular el periodo en el que se han efectuado estas cotizaciones, en un periodo de al menos seis años previos a una situación de desempleo para saber con exactitud a cuentos meses de paro podemos optar.
Lo que necesito tener cotizado
Para poder acceder a estos dos años de paro, hemos de haber cotizado 2.160 días, lo que equivaldría a esos seis años. Esto no significa que si te ves en una situación de desempleo antes de haber estado 6 años cotizando, te quedes sin ninguna opción a esta prestación, simplemente no podrás acceder a este periodo máximo. Para los caso que no entran dentro de este supuesto, existe una tabla publicada en la página web de la Seguridad Social, en la que se informa con detalle sobre las opciones que se tiene.
Por ejemplo, si has cotizado el mínimo, que sería de 360 a 539 días, podrás cobrar el paro durante 120 días. En algunos casos más intermedios con una cotización de 1.260 a 1.619 días, el tiempo en que podremos percibir la ayuda por desempleo, oscilará entre los 420 y 480 días. Con respecto a la cantidad que se puede llegar a percibir, dependerá completamente de la cuantía económica que proporciones a través de tus cotizaciones.
Añadir nuevo comentario