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Cuando una relación se rompe y comienza el proceso de divorcio, surgen preguntas sobre cómo se dividirán los bienes del matrimonio. Es importante diferenciar entre los bienes comunes y los privativos. En algunos casos, si la pareja ha hecho un acuerdo previo, este reparto ya está definido, lo que ayuda a evitar conflictos. Las razones que llevan al divorcio son variadas, y no todos los matrimonios terminan amigablemente, lo que influye en cómo se distribuyen los bienes.
Los bienes comunes y su reparto tras un divorcio
Cuando una pareja decide divorciarse, uno de los temas más complicados es la división de los bienes comunes y privativos. Los bienes comunes son los adquiridos durante el matrimonio, mientras que los privativos corresponden a los que se tenían antes o los obtenidos con fondos propios. En algunos casos, si hay un acuerdo previo, este reparto ya está estipulado, lo que facilita el proceso.
El divorcio puede tener diversas causas, y no siempre se lleva a cabo de forma amigable. Esto influye directamente en cómo se gestionará la distribución de los bienes. Aunque el reparto no siempre debe realizarse al mismo tiempo que el divorcio, lo ideal es hacerlo cuanto antes. Según el Código Civil, el reparto puede llevarse a cabo posteriormente si no hay acuerdo en el momento del divorcio.
Si la pareja ya ha acordado cómo dividir sus bienes, este acuerdo puede incluirse en el convenio regulador, un documento donde se establecen los pactos sobre aspectos patrimoniales y personales post-divorcio.
Además, es importante considerar el régimen económico que rige el matrimonio: si es de gananciales o separación de bienes, ya que esto influye en cómo se clasificarán y repartirán los bienes.
Bienes privativos y bienes comunes
En el régimen de gananciales, los bienes adquiridos durante el matrimonio se reparten igualmente entre los cónyuges, independientemente de quién los haya obtenido. Al separarse, cada uno se queda con sus bienes privativos y la mitad de los bienes comunes, tras realizar un inventario de los bienes y deudas.
Si un bien se adquirió con dinero común y privativo, se aplican reglas específicas. Por ejemplo, en bienes comprados a plazos, si el primer pago fue antes del matrimonio, se considera privativo, salvo la vivienda familiar. En el caso de la vivienda común, se reparte según las aportaciones de cada uno. Algunos bienes pueden ser asignados a uno de los cónyuges, pero se deberá compensar al otro.
Un proceso muy sencillo
En el régimen de separación de bienes, el proceso de reparto es más sencillo. Cada cónyuge conserva la propiedad de los bienes que tenía antes del matrimonio y de los que adquiera durante él, independientemente de cómo se obtengan.
Al separarse, se asignan los bienes privativos a cada uno, y los bienes comunes se reparten según las aportaciones de cada cónyuge. En el caso de la vivienda familiar, aunque esté a nombre de uno de los cónyuges, podría asignarse al otro si se considera que es quien más necesita protección. Sin embargo, la titularidad de la propiedad no cambia y sigue perteneciendo al cónyuge que la adquirió.
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