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Las elecciones generales del 23J nos han pillado un poco desprevenidos a todos. Sin embargo, se trata de uno de los eventos más importantes dentro de la política, ya que ese día se decidirán las políticas que se llevarán a cabo los próximos cuatro años. Nuestra participación es fundamental para que salgan adelante, por lo que asegurarnos de estar presentes físicamente para ejercer nuestro voto, o hacerlo a través de los demás mecanismos puestos a nuestra disposición.
En el caso de las personas que residen en el extranjero, también cuentan con una vía específica para poder votar en las elecciones generales a través de las embajadas y consulados españoles establecidos en el país en el que se encuentren viviendo. Sin embargo, requiere de algunos trámites previos y se realizarán desde el 15 hasta el 20 de julio, ambos incluidos, de forma presencial. También se encuentra ya habilitado el voto por correo que estará vigente hasta el 18 de julio.
Votar residiendo en el extranjero para las elecciones generales 23J
Participar en las elecciones generales del 23J es más sencillo de lo que a priori puede parecer y cuando quiera darse cuenta ya estará inscrito y votando. Lo primero que debe hacer es acceder a la página oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para descargar el formulario de solicitud, o también pinchando aquí. Es importante que este documento vaya firmado y acompañado de los siguientes documentos:
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia del Pasaporte expedido por las autoridades españolas.
- Certificación de nacionalidad (de expedición gratuita por el Consulado o Embajada en que esté inscrito).
Toda esta documentación debe ser remitida a la Oficina del Censo Electoral, de la provincia en la que estemos censados, tanto por correo ordinario, como de forma telemática a través del apartado “Solicitud de voto CERA” en la Sede electrónica del INE, antes del 23 de junio. Tanto si hará el registro por primera vez, como si ya lo hizo en previas ocasiones, una vez realizado el trámite, recibirá en su domicilio toda la documentación necesaria para participar en las elecciones generales del 23J.
Documentación que recibirá
La documentación para votar estará compuesta por:
- Dos certificados idénticos de estar inscrito en el CERA
- Un sobre de votación.
- Un sobre dirigido a la junta electoral competente.
- Un sobre dirigido al Consulado o Embajada.
- La lista de centros habilitados para el depósito de voto en urna en el ámbito de su demarcación consular.
- Una hoja informativa sobre cómo ejercer el derecho de voto y la dirección de la página web oficial en la que se mostrarán las candidaturas y desde la que se podrán descargar los juegos de papeletas.
En cuanto a las papeletas, estas estarán disponibles para su descarga a partir del 26 de junio hasta el primero de julio. Asegúrese de que tiene toda esta documentación, ya que todas son importantes para poder votas en las elecciones generales.
¿Cómo votar?
Una vez haya decidido su voto para estas elecciones generales, y se acerquen las fechas para ejercerlo, podrá acudir de forma presencial a depositar su voto en la embajada o consulado español de donde resida, junto con su inscripción al CERA, su DNI y por supuesto su sobre con el voto elegido. Si tiene complicaciones para trasladarse hasta allí, también puede enviarlo por correo certificado a la embajada o consulado, eso sí, antes del 18 de julio.
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