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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) que desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.
El texto, rubricado por la ministra Raquel Sánchez, busca garantizar unos espacios públicos urbanizados comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.
Según relató el ministerio en una nota, su aprobación, contemplada en el Plan de acción de la Agenda Urbana Española para la Administración General del Estado, “se produce tras un largo proceso de participación pública y una profunda actualización de la normativa anterior”.
La normativa de la accesibilidad en espacios públicos urbanizados se ha actualizado por el bien de todos
La orden entrará en vigor el 2 de enero de 2022 y, según el departamento de Sánchez, “tendrá impactos muy positivos en el mejor diseño de los espacios públicos urbanizados”.
Esta nueva orden TMA/851/2021 sustituye la VIV/561/2010, de 1 de febrero, del mismo título, que había supuesto hasta ahora la normativa estatal de referencia en esta materia y que quedará derogada con la entrada en vigor de la nueva.
El BOE incluye en la norma un anexo con el documento técnico que desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.
Así, desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.
“Dichas condiciones básicas derivan de la aplicación de los principios de autonomía individual, no discriminación, accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas, tomando especialmente en consideración las necesidades de las personas con discapacidad, así como las vinculadas al uso de productos y servicios de apoyo”, puede leerse en la orden.
En concreto, el documento técnico plantea la creación de itinerarios peatonales accesibles y seguros para las personas con discapacidad y establece también que esa accesibilidad llegue a los parques infantiles:
“Al menos, uno de cada cinco elementos de cada sector de juegos infantiles y de ejercicios, contará con criterios de accesibilidad universal, debiendo ser, en el caso de los juegos infantiles, este elemento, de tipo dinámico o que genere movimiento al introducirse en su interior”, reza la orden ministerial.
Las playas y el mobiliario urbano también se han contemplado en esta modificación
La orden hace referencia y deja constancia de la accesibilidad en otros ámbitos, como las playas urbanas, que habrán de disponer de puntos accesibles.
El texto también subraya que no invadirán el itinerario peatonal accesible ni el mobiliario urbano, ni bolardos y señales y que papeleras y contenedores, además de ser accesibles, no deberán interferir en el paso de las personas con discapacidad.
De esta forma, todos los espacios públicos urbanizados tendrán que modificarse o construirse siempre velando por la igualdad y el libre acceso de todos los transeúntes y ciudadanos.
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