Ya ha entrado en vigor: un empleado puede pedir una excedencia de hasta 2 años para cuidar a cualquier familiar

EmailFacebookTwitterLinkedinPinterest
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.

Lectura fácil

Nos detenemos ante una de esas normativas que impactan de lleno en el corazón de los hogares y en la organización de las empresas. En este artículo aclaramos un derecho fundamental del Estatuto de los Trabajadores que muchas veces queda a la sombra de la baja por maternidad o paternidad: la excedencia para el cuidado de familiares adultos.

La conciliación deje de ser un término exclusivo de la crianza de los hijos y empiece a abarcar la realidad de una sociedad envejecida, donde cuidar de un padre dependiente, de un cónyuge enfermo o de un hermano tras un accidente es una necesidad acuciante.

El Estatuto de los Trabajadores confirma que pedir una excedencia no es una concesión de la empresa. Es un derecho reconocido cuando se cumplen los requisitos previstos, especialmente para cuidar de hijos y de familiares que no pueden valerse por sí mismos. La medida permite suspender temporalmente el contrato para atender responsabilidades familiares. Durante ese tiempo no se presta servicio, pero se conservan determinados derechos, como el cómputo de la antigüedad y, en un primer periodo, la reserva del puesto.

La red de seguridad del cuidado de adultos

La entrada en vigor de estas especificaciones nos recuerda que pedir una excedencia por cuidados no es un favor que la empresa concede de manera voluntaria; es un derecho subjetivo del trabajador.

Sin embargo, para ejercerlo con total seguridad jurídica, es vital conocer la letra pequeña.

¿A quién se puede cuidar y por qué?

A diferencia del cuidado de los hijos (que permite hasta tres años de excedencia), la vía destinada a otros familiares está acotada a un máximo de dos años, a menos que el convenio colectivo de la empresa amplíe este periodo.

El Estatuto de los Trabajadores confirma que pedir una excedencia no es una concesión de la empresa. Es un derecho reconocido cuando se cumplen los requisitos previstos, especialmente para cuidar de hijos y de familiares que no pueden valerse por sí mismos.

La medida permite suspender temporalmente el contrato para atender responsabilidades familiares. Durante ese tiempo no se presta servicio, pero se conservan determinados derechos, como el cómputo de la antigüedad y, en un primer periodo, la reserva del puesto.

De los cursos para ser 'buena esposa' a la ola contra el voto femenino: ¿tiene EEUU un problema con las mujeres?De los cursos para ser 'buena esposa' a la ola contra el voto femenino: ¿tiene EEUU un problema con las mujeres?

En el caso de los hijos, la norma permite una excedencia de hasta tres años por cada menor, ya sea por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento permanente. El plazo cuenta desde el nacimiento o desde la resolución correspondiente.

  • El grado de parentesco: El derecho cubre a familiares de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (esto incluye a padres, abuelos, hijos, hermanos, cónyuges, parejas de hecho y también a la familia política equivalente).
  • La causa justificada: La persona que va a recibir los cuidados debe estar en una situación en la que no pueda valerse por sí misma (ya sea por razones de edad, accidente, enfermedad grave o discapacidad) y no debe desempeñar ninguna actividad retribuida.

Blindaje laboral y antigüedad

Consideramos que el punto fuerte de esta ley es la protección del empleo. Durante el tiempo en que el trabajador permanece en excedencia, la relación laboral no se extingue, sino que se suspende.

La excedencia por cuidados puede disfrutarse de forma fraccionada. Es decir, no tiene por qué agotarse en un único periodo continuado si la necesidad familiar permite organizarla de otra manera y se respetan las condiciones legales.

  • El primer año: El empleado tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo exacto. Si trabajabas en una mesa concreta con unas funciones específicas, ese sitio te estará esperando al volver. (En el caso de familias numerosas, este blindaje estricto se puede extender a los 15 o 18 meses).
  • A partir del segundo año: La reserva pasa a ser sobre un puesto del mismo grupo profesional o de una categoría equivalente, pero no obligatoriamente el mismo escritorio.
  • La antigüedad no se detiene: Todo el periodo de excedencia computa a efectos de antigüedad en la empresa. Esto es vital para el cálculo de futuras indemnizaciones o pluses. Además, a efectos de la Seguridad Social, los primeros años de este parón se consideran como cotizados para determinadas prestaciones como la jubilación o la incapacidad permanente.

Sabe mucho mejor el progreso social cuando la ley entiende que los cuidados familiares son también un trabajo que sostiene al país. El reto en este 2026 sigue siendo la brecha de género: la transparencia de las estadísticas nos sigue diciendo que son mayoritariamente las mujeres quienes solicitan estos parones, lo que a menudo congela su proyección hacia puestos directivos.

Añadir nuevo comentario