Estos son los requisitos para las convocatorias del SEPE de funcionario interino

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05/12/2021 - 13:30
Hay varios requisitos para ser funcionario interino

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El último plazo de presentación de solicitudes para funcionario interino, tras 10 días hábiles, llegó a su fin el pasado martes 16 de noviembre.

Los funcionarios que lleven en el mismo puesto de forma ininterrumpida desde el 1 de enero de 2016 pasarán a ser empleados fijos de forma automática. Es decir, no tienen que enfrentarse a una oposición, tal y como acordó a principios de noviembre el PSOE junto con Unidas Podemos y los grupos parlamentarios ERC y PNV en el proyecto de ley para la regulación para ser funcionario interino en las Administraciones Públicas. 

La última convocatoria del SEPE se llevó a cabo a principios de noviembre. Esta prueba es necesaria para aprobar las listas de candidatos de los cuerpos de gestión de la administración civil del estado y general administrativo de la administración del estado para ser nombrado funcionario interino. El propio Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se encarga de la selección.

Requisitos para ser funcionario interino

Para este tipo de convocatorias de funcionario interino los candidatos deben cumplir los siguientes requisitos: 

  • En cuanto a nacionalidad: 
  1. Ser español
  2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea
  3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. 
  4. Personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.  
  • Edad: tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa. 
  • Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de:
  1. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
  2. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado
  3. Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico
  4. Bachiller o Técnico
  • Compatibilidad funcional: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • Habilitación: no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Pública o de los órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario. 
  • Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 

Por otro lado, los aspirantes a funcionario interino con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la credencial de homologación correspondiente. En su caso, valdría con el correspondiente certificado de equivalencia. Los candidatos con titulaciones no universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. 

El proceso selectivo para funcionario interino consiste en un concurso en el que se valoran para cada uno de los Cuerpos diversos méritos como los profesionales y los formativos. Una vez pasado el plazo de la presentación de solicitudes, el Tribunal Calificador publica la relación de aspirantes a funcionario admitidos y excluidos.

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