Los gastos de comunidad son competencia del dueño de la vivienda

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19/11/2020 - 11:19
¿Qué gastos tengo que pagar si soy alquilado?

Lectura fácil

Nos encontramos en una época un tanto convulsa. El Covid-19 ha frenado las expectativas de la compraventa de muchas personas. Sin embargo, antes de enfrascarse en un alquiler tanto arrendador, la persona que alquila su piso o vivienda, como arrendatario, la personas que entra a vivir en ese piso vivienda deben de conocer qué clase de obligaciones.

Una de las primeras obligaciones que tiene el propietario del inmueble es hacerse cargo de dar el alta a los servicios básicos como agua, luz o gas. El arrendatario se debe hacer cargo de un impuesto que se llama Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que se pagaría solo cuando se está de alquiler. Se trata de un impuesto que existe desde hace años y cuya reclamación recae en las comunidades autónomas.

¿Qué gastos debe asumir el arrendador?

El arrendador como titular del inmueble debe asumir el alta de los suministros como hemos dicho anteriormente. En este alta entrarían los servicios básicos que serían agua, luz y gas. El IBI y la comunidad de vecinos también entrarían en los gastos del dueño del inmueble ya que es de su propiedad.

Si hay seguros de mantenimiento como es el caso de la caldera por ejemplo, también recaerían en las obligaciones del dueño del inmueble. Uno de los puntos más polémicos de estas obligaciones del dueño es los desperfectos. El dueño se libraría de pagar los desperfectos siempre y cuando estos sean menores de 150 euros. Si son mayores de 150, recaerán en el dueño siempre y cuando el causante de la avería no sea uno de los inquilinos.

El dueño también debe asumir los gastos necesarios para que el inmueble llegue a ser habitable. Esto se expone en la Ley de Arrendamientos Urbanos, (LAU). Estas mejoras incluirían las reparaciones consistentes en el arreglo, renovación o sustitución parcial de alguno de los elementos componentes de instalaciones de conducción de agua y desagüe, mantenimiento y conservación del techo de la casa, suelos, paredes y chimeneas.

¿Qué gastos deben asumir arrendatario y alquilado? / Fotocasa
¿Qué gastos deben asumir arrendatario y alquilado? / Fotocasa

¿Qué gastos tiene que asumir el alquilado?

Es obvio pero… El alquilado tiene que pagar la renta mensual del inmueble a ser posible entre el 1 y el 5 de cada mes. También debe asumir el gasto de aquellos suministros cuya alta ha caído en los gastos del dueño del inmueble. El alquilado debe de pagar el agua, luz y gas. En muchos alquileres podremos ver por ejemplo 300 euros más gastos o en otros por ejemplo la cantidad fija.

En función de los gastos podríamos diferenciar entre un piso de estudiantes en el que los gastos se repartirían de manera equitativa y, cada estudiante pagaría en función del tamaño de su habitación o, si por ejemplo tiene baño. En otros, la cantidad de gastos es fija, así que la renta también lo será.

El arrendatario también debe abonar el ITP del que hemos hablado previamente y los gastos pequeños, siempre que estos no lleguen a costar más de 150 euros o no sean culpa suya. También deben abonar el seguro, siempre que sea a terceros, contenido y responsabilidad civil y pagarán gastos derivados del mantenimiento habitual de la vivienda. En caso de que las visitas causen algún problema, los alquilados deberán pagar los daños. También deberán pagar si llegan multas por conductas inapropiadas o ruidos.

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