La reforma de la ley audiovisual debe garantizar la accesibilidad para las personas sordas

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25/12/2020 - 07:00
Programa de Canal Sur con intérprete de lengua de signos

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La Confederación Española de Familias de Personas Sordas (Fiapas) ha mostrado su conformidad con la reforma de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Aunque desde la organización se subrayó que, en ningún caso, esta actualización debe suponer un retroceso respecto a la regulación y medidas ya contenidas en la actual norma.

Por su parte, Fiapas reclama en el marco de esta nueva ley ampliar las obligaciones ya contempladas en materia de subtitulado e interpretación a la lengua de signos, así como completar las obligaciones de accesibilidad. También extender el subtitulado a las plataformas digitales, a la publicidad y a los servicios de comunicación audiovisual radiofónica.

Fiapas reclama mejoras efectivas en la nueva norma audiovisual

Así, la Confederación ha redactado un documento que ha entregado al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, responsable de la puesta en marcha de la nueva norma.

La actualización de esta ley para la organización en defensa de las personas sordas es una oportunidad para reclamar todas las mejoras necesarias. No solo lo susceptible de actualización, también la cobertura de los vacíos que hay en origen. De hecho, a pesar de los avances experimentados en materia de accesibilidad a los medios audiovisuales durante los últimos años, se vienen observando deficiencias que deben ser subsanadas.

¿Qué ocurrirá con la televisión pública?

En el caso de las televisiones públicas, el 100 % de los contenidos deben ser accesibles. Señala Fiapas en un comunicado que "toda la programación que sea inaccesible por carecer de subtitulado, es tanto como si ese mismo porcentaje de la totalidad de la programación se emitiera, por defecto, sin audio y sin imagen para toda la audiencia”. Esto que “nos parecería intolerable es el mismo efecto que tiene sobre la audiencia que no oye, la ausencia de subtítulos”.

Asimismo, esta Confederación recuerda la necesidad de asegurar la calidad de los servicios y de garantizar la cadena de accesibilidad a los contenidos en cualquier formato y canal: televisión en abierto, Internet, plataformas digitales, entre otros soportes.

En esta línea indicar que, la actual norma debe tener en cuenta también los espacios en redifusión a través de otros medios como, por ejemplo, internet y redes sociales.

Accesibilidad en todos los soportes

Desde Fiapas se solicita en el marco de esta renovada ley que, las medidas de accesibilidad sean obligatorias para todos los productos y servicios nuevos. Esto engloba a todos los ya existentes, teniendo como referencia los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas y su cumplimiento para el año 2030. Para incorporar estas medidas a fin de ofrecer contenidos más accesibles, se debe dar un plazo previo de diez años según recoge la citada Agenda.   

Otros detalles de la nueva ley

Debemos comentar otros aspectos a tener en cuenta en el marco de esta nueva ley audiovisual. Se establece una modificación horaria para el público infantil. Además, se deberá primar la emisión de contenido infantil entre las 7:30 de la mañana y las 9 horas en días laborables. Con respecto a los fines de semana y festivos, el horario infantil estará comprendido entre las 7:30 y las 12 horas.

Desde el momento en el que la norma entre en vigor, será obligatorio ofrecer el control parental y sistemas de verificación por edad para aquellas plataformas que ofrecen contenidos a la carta.

Finalmente, indicar que el borrador de la norma no contempla aún la clasificación por edades ni distintivos audiovisuales que los diferencie del resto de contenidos. 

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