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La proposición de Ley contra la Discriminación, más bien conocida como Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación incluye expresamente su aplicación a todas las personas "sin excepción", independientemente, entre otras circunstancias, "de si disfrutan o no de residencia legal" en España.
Según el último borrador de la Ley contra la Discriminación que baraja la Comisión, al que tuvo acceso Servimedia, se deja claro en la introducción de la ley que la misma está “inspirada en la accesibilidad universal, entendida, asumida y aplicada en todas sus vertientes: física, cognitiva, actitudinal y de comunicación, dado que esta Ley tiene sentido si los derechos que recoge pueden ser disfrutados por todas las personas sin excepción, en todos los ámbitos que le son de aplicación”.
Junto a los motivos de discriminación recogidos en la Constitución y en la normativa europea, una enmienda añade expresamente los de enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, además de los de identidad sexual, expresión de género, lengua y situación socioeconómica, por su especial relevancia social.
La Ley contra la Discriminación baraja la inclusión como pilar fundamental
El artículo 2 de la Ley contra la Discriminación, sobre el ámbito subjetivo de aplicación, incluye después de una enmienda negociada entre varios grupos que se reconoce el derecho de toda persona a la igualdad de trato y no discriminación “con independencia de su nacionalidad, de si son menores o mayores de edad o de si disfrutan o no de residencia legal”.
Se añade que el derecho a la igualdad de trato y la no discriminación “es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará con carácter transversal en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas”.
Así, “en las políticas contra la discriminación se tendrá en cuenta la perspectiva de género y se prestará especial atención a su impacto en las mujeres y las niñas como obstáculo al acceso a derechos como la educación, el empleo, la salud, el acceso a la justicia y el derecho a una vida libre de violencias, entre otros”.
El texto de la Ley contra la Discriminación precisa que todas las personas víctimas de discriminación, “con independencia de su origen, religión, edad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, independientemente de su situación administrativa en el Estado español, tienen garantizados los derechos reconocidos en esta Ley”.
Asimismo la Ley contra la Discriminación incorpora una mención expresa a la “reparación” frente a la discriminación, y no solo a la protección, y precisa que para ello las responsabilidades administrativas, penales o civiles podrán incluir “tanto la restitución como la indemnización, hasta lograr la reparación plena y efectiva para las víctimas”.
Su aprobación esta cerca
La norma crea la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, cuyo personal será, con carácter general, funcionario de carrera de las administraciones públicas o, en su caso, personal laboral procedente de organismos nacionales o internacionales con funciones en materia de igualdad de trato y no discriminación.
La Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados tiene previsto reunirse para ratificar y aprobar el informe de la ponencia sobre esta proposición de Ley contra la Discriminación, que seguirá después sui trámite en el Senado.
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