La mascarilla, un objeto más en la nueva normalidad laboral

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20/05/2020 - 11:02
La mascarilla es obligatoria en espacios abiertos / La Vanguardia

Lectura fácil

La mayoría de los trabajadores que se dedican al sector servicios están haciendo su horario laboral desde casa, improvisando las dependencias de la vivienda como si fuera una oficina.

El otro caso es que el trabajo se desarrolle en una oficina o en un espacio cerrado. Si es así, se deben de aplicar una serie de recomendaciones.

Estas medidas están recogidas en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, y en la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones en el ámbito nacional, así como en las guías elaboradas por el Ministerio de Sanidad para la fase 1 y la fase 2.

La pregunta más común estos días es: ¿El uso de mascarillas en oficinas cerradas es obligatorio?

El pasado lunes 4 de mayo, primera semana que se aplicaba el desconfinamiento se obligaba al uso de la mascarilla si se iba a utilizar el transporte público. Esta obligatoriedad se amplía en los espacios cerrados y en la vía pública cuando no se garantice la distancia mínima de seguridad de dos metros entre personas.

Las oficinas que no puedan cumplir con la garantía de la separación de dos metros entre personas se verán obligadas a seguir fomentando el teletrabajo. Sin embargo, las empresas que puedan abrir sus puertas deberán asegurar que "todos los trabajadores tengan a su disposición en el lugar de trabajo geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón", destaca la guía de la fase 1.

Por tanto, si no hay distancia mínima la empresa deberá proveer del material adecuado a sus empleados, como podría ser una mascarilla, según el riesgo que exista.

Procedimientos de actuación en el trabajo

El documento que elaboró Sanidad el 30 de abril para los procedimientos de actuación en el trabajo ha indicado que “los servicios de prevención de riesgos laborales (SPRL) están llamados a cooperar con las autoridades sanitarias, adaptando su actividad y recomendaciones con el objetivo general de limitar los contagios de SARS-CoV-2”.

Personal trabajando en un restaurante / RTVE.es
Personal trabajando en un restaurante / RTVE.es

Debido a esto, serán las empresas las que tengan que evaluar los riesgos que están corriendo los trabajadores y seguir “las recomendaciones de las autoridades sanitarias”:

Se facilitarán los medios necesarios para que las personas trabajadoras puedan asearse adecuadamente siguiendo estas recomendaciones. Esto incluiría la higiene de manos, la etiqueta respiratoria y el mantenimiento de la distancia física de dos metros. Por ello, será responsabilidad de la empresa que se dispongan los puestos de trabajo, se distribuyan los espacios y la organización de los turnos para garantizar esa distancia de seguridad.

¿Qué otras medidas están aplicando las empresas para facilitar la asistencia a los centros de trabajo?

  • Los centros de trabajo y las empresas deberán regular los turnos del personal para que no coincidan muchas personas en un mismo entorno de trabajo. De esta manera evitaremos la masificación de trabajadores o no durante las horas de mayor posibilidad de afluencia o concentración.
  • El fichaje con huella dactilar tendrá que ser "sustituido por otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas", indica la guía. Si esto no es posible, se deberá proceder a la desinfección de este sistema de fichajes antes y después de cada uso.

Las mascarillas también son obligatorias en la vía pública

La mascarilla deberá ser usada por personas mayores de seis años siempre y cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad.

La decisión del Gobierno de extender la obligatoriedad de la mascarilla a todos los espacios públicos, y no sólo al transporte público como hasta ahora, llega tras la petición de las comunidades autónomas.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha vinculado la decisión a los riegos que entraña ahora la desescalada. Es una medida "de precaución", que se corresponde con esta nueva etapa, ha dicho el ministro de Sanidad.

Personas que deben utilizar mascarilla de manera obligatoria

  • Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
  • Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

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