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Matar animales, provocarles secuelas permanentes y graves de forma intencionada, el sacrificio no autorizado, y la eutanasia de animales a través de medios inadecuados o por personal no cualificado se considerarán infracciones muy graves, con multas de entre los 100.001 a 600.000 euros. La ley en contra del maltrato animal.
La norma excluye a los animales de espectáculos taurinos y los utilizados en experimentación y otros fines científicos
Todas estas normas se incluyen en el anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y que este miércoles inició su fase de consulta pública. Todo ello antes de ser aprobado por el Consejo de Ministros.
Servimedia recoge este texto con 89 artículos y 17 disposiciones, y que entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La Dirección General de Derechos de los Animales desea con todas sus fuerzas que esto ocurra el 1 de enero de 2023 y que cese el sufrimiento animal y las ganas de matar animales que muchos sienten como recreación y ocio.
La finalidad de la ley es “alcanzar el máximo nivel de protección de los animales, fundamentalmente de aquellos de compañía y de los que se encuentran bajo la responsabilidad de las personas”. Por ello, los animales empleados en espectáculos taurinos y en fines científicos, serán excluidos.
Motivos de infracción grave (multas de 100.001 a 600.000 euros)
La ley enumera los motivos por los que se puede ser sancionado, y son los siguientes:
- Matar animales o causarles secuelas permanentes “de forma intencionada o imprudente”.
- El sacrificio no autorizado de animales.
- La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado.
- El adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas.
- El uso de animales de compañía para consumo humano o de otros animales.
- La caza de gatos comunitarios y alimentar a los animales con cadáveres o despojos de otros animales sin controles sanitarios.
- No identificar al animal de compañía.
- El uso de métodos agresivos o violentos en la educación del animal y la cría.
- El comercio de animales, excepto peces, en tiendas o criadores no autorizados.
- Abandonar al animal.
- Practicarle mutilaciones no autorizadas.
- Utilizarle como recompensa, premio o promoción.
Los propietarios de perros estarán obligados a realizar un curso previo de formación acreditado para su tenencia
El anteproyecto de ley indica que los propietarios de perros estarán obligados a haber realizado un curso de formación acreditado para su tenencia además de suscribir un seguro de responsabilidad civil. No podrán dejarlo sin supervisión más de 24 horas consecutivas. Además, el dueño del animal debe comunicar a la autoridad la pérdida de su mascota en un plazo de 48 horas, en caso contrario será abandono.
Esta ley prohíbe matar animales de compañía salvo por criterio y control veterinario. Tampoco pueden permanecer de manera permanente en terrazas, balcones, azoteas, sótanos, trasteros o vehículos. La cría realizada por personas no autorizado, la venta de animales en tiendas, los circos con animales salvajes o las peleas de gallos tampoco será legal.
Otras novedades
Además de lo anterior, las comunidades autónomas deben contar con un propio centro de protección animal, la ley les obliga a esterilizar a los animales que convivan en espacios abiertos con otros individuos, y por último, la “gestión ética de los gatos comunitarios” mediante programas de colinas felinas con asociaciones protectoras donde los ayuntamientos deben correr con los gastos veterinarios y tendrán a su nombre los gatos esterilizados.
Soy amante de los animales desde siempre y considero que la idea de matar animales por diversión es repelente.
Matar animales no tiene sentido moral, económica ni biológicamente, ni como incentivo para la conservación. Es una filosofía que no tiene cabida en la conservación moderna.
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