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Se supone, que ya no pueden ponernos una multa por saltarnos el confinamiento a partir de este domingo 21 de junio, fecha en la que decae el estado de alarma decretado el pasado 14 de marzo.
Este domingo se dejan de aplicar la gran mayoría de restricciones a la movilidad, el caso es que han surgido dudas sobre si los agentes podrán seguir multando y sobre qué ocurrirá con esas sanciones que no han sido cobradas aún.
"Finalizada la vigencia de los estados de alarma, excepción y sitio decaerán en su eficacia cuantas competencias en materia sancionadora y en orden a actuaciones preventivas correspondan a las Autoridades competentes, así como las concretas medidas adoptadas en base a éstas, salvo las que consistiesen en sanciones firmes" reza la disposición.
La multa por saltarnos el confinamiento no será posible por el fin del estado de alarma
Para aquellos que esperan una notificación aclaramos que si una multa no es firme, ya no podrá ser ejecutada una vez que cesé el estado de alarma.
Y para que la multa por saltarnos el confinamiento sea firme, se precisa de que el afectado manifieste su conformidad o si se le han pasado los plazos para impugnarla.
Además, se cuenta con la opción de recurrirla ante la autoridad que se la interpone. En caso de que la multa se confirme, el ciudadano podrá iniciar la vía judicial ante un juez de lo contencioso administrativo. La resolución será firme una vez agotadas todas las instancias posibles.
Por lo que podemos comprobar que no basta con el simple hecho de que un agente nos ponga una multa por saltarnos el confinamiento y nos dé un boletín donde se refleja dicha sanción.
La única forma para conseguir que las sanciones ya puestas puedan seguir su curso de forma legal sería que el Ejecutivo presente antes del domingo un Real Decreto que así lo ordene. Además esto debe de ser aprobado por el Congreso.
Algunos expertos jurídicos creen que el Gobierno no va hacer nada porque la multa por saltarnos el confinamiento cuenta con defectos de procedimiento y además adolecen de profundos defectos de fondo.
También piensan que dejarán que sea la jurisprudencia y los tribunales los que vayan depurando las situaciones de conflicto con los ciudadanos.
Además decaen los procedimientos en los que el ciudadano haya interpuesto un recurso que aún continúe en trámite, pues la sola notificación del acto administrativo no refleja la firmeza de la sanción.
Los abogados creen que a partir del domingo, las Delegaciones de Gobierno dejarán de tener esas facultades especiales que les concedía el estado de alarma para ponernos una multa por saltarnos el confinamiento.
Si recibes una multa en las próximas semanas, deberás de presentar un recurso a la Delegación de Gobierno indicando que la sanción no tiene efecto porque el estado de alarma ha decaído
Por otro lado, hay expertos jurídicos que piensan que las propuestas de sanción continúan siendo válidas, y que la Administración podrá comenzar expedientes sancionadores a pesar del fin del estado de alarma.
Se esperan que durante este mes y el siguiente lleguen la mayoría de notificaciones, pues es ahora cuando la gestión administrativa se ha reactivado al 100%.
Por lo que avisan que se debe tener en cuenta el plazo de 6 meses que tiene la Administración para iniciar los procedimientos, ya que pasado el plazo, si el ciudadano no recibe ninguna notificación, se entiende que el procedimiento decae.
En contraposición, otros expertos en derecho piensan que la Administración no tiene la capacidad para tramitar el más de un millón de propuestas de sanción.
Por lo que entendemos que ya no pueden ponernos una multa por saltarnos el confinamiento a partir de este domingo, y si has sido multado con anterioridad, deberás prestar atención a los plazos y las notificaciones.
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