Condena de 60.000 euros por no extirpar un tumor cerebral y falsear el informe

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11/10/2019 - 12:41
Justicia

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Sorprendente la sentencia que acabamos de conocer. El juzgado de primera instancia 36 de Madrid ha dictaminado que se "mintió" en el informe quirúrgico, anatomopatológico y en los estudios de resonancia magnética posteriores a las dos operaciones realizadas a una paciente con un tumor cerebral entre 2011 y 2014.

La resolución judicial llega después de que El Defensor del Paciente iniciase un procedimiento que ha llevado a que un juzgado de Madrid condene a la aseguradora a pagar 60.000 euros de indemnización. La paciente tenía 17 años y, a pesar de dos operaciones "con riesgo para su vida", los responsables médicos dijeron que sí lo habían extirpado.

Los médicos no reflejaron la verdad en el informe, ya que no habían extirpado el tumor

La sentencia, dictada por el juzgado de primera instancia 36 de Madrid tras la demanda presentada por la asociación El Defensor del Paciente, subraya que se "mintió" en el informe quirúrgico, anatomopatológico y en los estudios de resonancia magnética posteriores a las dos operaciones.

Antes de su extirpación definitiva, dos neurocirujanos, tres anatomopatólogos y dos radiólogos daban por hecho en sus informes que el tumor ya no estaba en el cerebro de la paciente, según ha informado El Defensor del Paciente, que califica de "insólito", "inaudito" y "grave" lo ocurrido.

La primera intervención con el cráneo abierto tuvo lugar en Sevilla el 18 de enero de 2011 y la paciente fue dada de alta con la confirmación de la extirpación del tumor.

Sin embargo las cosas no fueron así, y es que un hallazgo casual reveló el 30 de septiembre del mismo año que el tumor permanecía con igual tamaño y en el mismo lugar. Fue entonces cuando los padres de la menor acudieron a su seguro médico, Segurcaixa Adeslas, para que fuera intervenida de nuevo.

Tras la segunda "extirpación" el tumor seguía en el mismo sitio

La segunda operación también a cráneo abierto la hizo otro neurocirujano en el Hospital Fundación Jiménez Díaz de Madrid el 4 de enero de 2012. Pues bien, en la hoja quirúrgica, el cirujano hizo constar que “el lecho quirúrgico queda completamente limpio”, y al alta, de nuevo, se informó de “extirpación aparentemente completa de la lesión”.

De nuevo, la paciente y su familia volvieron a confiar en esta información y en haber superado la amenaza. Pero no entendían por qué en las pruebas de imagen de su hija se seguía viendo lo que parecía un tumor.

Ante las sospechas, los padres acudieron a otros profesionales y el 30 de enero de 2014 le confirmaron en una resonancia que el tumor seguía sin modificación desde 2010, lo que dio lugar una tercera intervención el 11 de marzo de 2014 en la que quedó finalmente extirpado.

La aseguradora tendrá que pagar 60.000 euros a la paciente

La sentencia, que condena a la aseguradora al pago de 60.000 euros más intereses sancionadores y costas, subraya que la paciente "no recibió la atención médica adecuada ni esperada, en atención a su diagnóstico, con errores de valoración y de resultado contrarios a la lex artis".

Por estos hechos se incoaron dos procedimientos penales: uno en Sevilla por la primera intervención fallida, que sigue abierto; y el otro en Madrid, por la segunda intervención, que fue sobreseído por el fallecimiento del neurocirujano y por lo que se presentó una demanda civil, en la que le han dado la razón a la paciente.

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