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Las organizaciones empresariales han intensificado su búsqueda de medidas que permitan contener el crecimiento de las bajas por incapacidad temporal derivadas de enfermedades o accidentes no relacionados con el trabajo, donde entran los controles médicos a trabajadores
Según los datos manejados por la patronal, este fenómeno supone ya un coste superior a los 17.000 millones de euros para las empresas españolas, una cifra que ha situado el debate sobre el absentismo laboral en el centro de las conversaciones entre los agentes sociales y el Gobierno.
La inquietud del tejido empresarial se produce además en un contexto en el que las negociaciones abiertas con la Seguridad Social no han desembocado, por el momento, en medidas estructurales que permitan reducir el impacto económico y organizativo de estas ausencias. Ante esta situación, distintas organizaciones empresariales defienden aprovechar todos los mecanismos que la legislación vigente pone a disposición de las compañías.
Las empresas reivindican las herramientas previstas en la ley
Durante una jornada dedicada al análisis del absentismo laboral celebrada esta semana, varios representantes empresariales coincidieron en señalar que una de las vías disponibles es la realización de controles médicos a trabajadores que se encuentren de baja, con el objetivo de verificar que realmente están incapacitados para desempeñar sus funciones laborales.
El presidente de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), Pedro Fernández Alén, fue uno de los primeros en destacar esta posibilidad. El dirigente empresarial recordó que el Estatuto de los Trabajadores contempla expresamente el derecho de las empresas a comprobar el estado de salud alegado por un empleado para justificar sus ausencias.
Fernández Alén defendió la necesidad de utilizar con mayor frecuencia este instrumento legal y afirmó que no debería existir reticencia a la hora de aplicar medidas encaminadas a mejorar la productividad empresarial. A su juicio, el incremento de los procesos de incapacidad temporal justifica una mayor utilización de las facultades que reconoce la normativa laboral.
Qué establece el artículo 20.4 del Estatuto de los Trabajadores
La referencia realizada por los empresarios se centra en el artículo 20.4 del Estatuto de los Trabajadores. Este precepto establece que la empresa puede verificar el estado de salud del trabajador mediante controles médicos cuando dicha situación sea la causa que justifique la ausencia al puesto de trabajo.
Además, la norma contempla consecuencias económicas en caso de que el empleado rechace someterse a dichos controles. En concreto, la negativa puede implicar la suspensión de determinados derechos económicos que corran a cargo de la empresa durante la situación de incapacidad temporal.
En la práctica, esta medida afecta especialmente a los complementos salariales pactados en convenios colectivos. Gracias a estos acuerdos, muchos trabajadores perciben durante una baja médica una cantidad superior a la prestación pública, llegando en numerosos casos a mantener la totalidad de su salario habitual.
La posibilidad de realizar estas comprobaciones médicas cuenta además con respaldo judicial. En 2021, el Tribunal Supremo se pronunció sobre la aplicación de este artículo y confirmó la capacidad de las empresas para promover este tipo de controles médicos.
No obstante, el alto tribunal fijó límites claros para garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores. La información facilitada a la empresa debe restringirse a determinar si la persona está o no capacitada para desempeñar su actividad laboral en ese momento, sin revelar detalles sobre la enfermedad, lesión o dolencia concreta que padece.
De esta forma, se busca compatibilizar el derecho empresarial al control de las ausencias con la protección de la intimidad y la dignidad de los empleados. Según los representantes empresariales, esta herramienta puede resultar especialmente útil en aquellos casos en los que existan sospechas de un posible uso fraudulento de la incapacidad temporal.
Experiencias empresariales en distintas comunidades autónomas
La defensa de esta fórmula también fue respaldada por el presidente de la Confederación Empresarial Navarra (CEN), Manuel Piquer. Durante el encuentro, aseguró que el artículo 20.4 constituye un elemento clave para el control de las bajas médicas.
Piquer explicó que, aunque todavía no se trata de una práctica generalizada, algunas grandes compañías ya han comenzado a contratar servicios especializados para llevar a cabo estas evaluaciones médicas en situaciones de contingencias comunes. Asimismo, recordó que la legislación permite retirar determinados complementos económicos cuando se dan las circunstancias previstas legalmente.
En su intervención, insistió en la conveniencia de aprovechar las herramientas que ya contempla el marco normativo vigente antes de reclamar nuevas regulaciones.
El debate sobre los complementos salariales durante la baja
Otra de las cuestiones abordadas durante la jornada fue la relativa a los complementos salariales que perciben los trabajadores durante los periodos de incapacidad temporal. La portavoz de la Confederación Empresarial de Madrid (CEIM), Laly Escudero, defendió la necesidad de que las empresas dispongan de más información sobre las limitaciones funcionales que provoca cada baja médica.
Esta reivindicación coincide con algunas propuestas planteadas en la mesa de diálogo con el Gobierno, donde se ha sugerido que los facultativos especifiquen las tareas concretas que el trabajador no puede desempeñar. El objetivo sería facilitar situaciones en las que una persona con varios empleos pudiera continuar desarrollando aquellas actividades compatibles con su estado de salud.
Además, Escudero reconoció que las organizaciones empresariales también están abordando la revisión de determinados complementos salariales en la negociación colectiva. En muchos sectores, estos acuerdos fueron pactados hace décadas y garantizan el cobro del 100% del salario desde los primeros días de la baja.
Una posición similar expresó el presidente de Confemetal, José Miguel Guerrero, quien señaló que algunos convenios provinciales ya han introducido modificaciones para reducir estos complementos durante los primeros días de incapacidad temporal o en situaciones de reincidencia. Medidas como los controles médicos ya forman parte de las estrategias que las empresas estudian para limitar el impacto económico derivado del aumento de las bajas laborales.
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