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El comercio a través de las redes sociales y el mundo digital ya es uno más en nuestro día a día. Sin embargo, el consumidor no siempre se encuentra protegido ante los posibles peligros a la hora de adquirir bienes y servicios.
Por eso, y con el vacío legal en el ámbito de las compras electrónicas y a la ley de la selva, se ha lanzado una nueva normativa para poner fin a la publicidad encubierta o engañosa de los influencers en redes sociales.
Límites al negocio de la publicidad encubierta en redes sociales
Muchos consumidores se guían de las redes sociales y del mundo influencer a la hora de comprar productos de todas las categorías, ya sea maquillaje, ropa e incluso productos de comida. Sin embargo, en muchas ocasione son somos conscientes de la presencia de publicidad encubierta o engañosa, o simplemente no queremos serlo.
Por eso, el Gobierno establece una nueva normativa que modifica la Ley General para Defensa de los Consumidores y la Ley de Competencia Desleal para poner fin a la publicidad encubierta o engañosa de los influencers en redes sociales, así como de las reseñas falsas en los comercios electrónicos.
Esta reforma introduce límites en los anuncios dirigidos a influenciar a la sociedad a través de las redes, un negocio que factura casi cien millones de euros al año a través de campañas publicitarias.
Reseñas en los productos para evitar grandes sanciones
A partir de ahora, las empresas deben indicar si las reseñas que acompañan a sus bienes y servicios son de personas que realmente lo han usado o adquirido, además de incluir una información clara y detallada sobre la manera en que se procesan dichas reseñas. En el caso de los anuncios por parte de los influencers, estos deben especificar y dejar claro que las comunicaciones pagadas son contenido publicitario.
Aunque estas normas puedan haberse visto en algunas plataformas digitales, muchos no lo hacen. El objetivo es poner fin de una vez por todas a la publicidad encubierta y los anuncios engañosos de redes sociales, una actividad bastante común.
Asimismo, el incumplimiento de los requisitos establecidos ante la publicidad encubierta o engañosa, podría ser considerado como una práctica desleal por engañosa y las sanciones podrían alcanzar el millón de euros en el caso de que se califiquen como muy graves.
Las “fake reviews”
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha celebrado la nueva normativa y recuerda a los consumidores que las reseñas falsas, compradas o interesadas (“fake reviews”) son muy comunes en los productos que se venden actualmente en Internet.
De hecho, la organización señala que en 2019 existían empresas dedicadas a ofrecer comisiones o productos gratis, una publicidad en cubierta a cambio de una valoración positiva, un hecho que en la actualidad todavía es posible ver.
Por eso, ten en cuenta estos consejos a la hora de visualizar publicidad encubierta, ya que en muchas ocasiones puedes verte arruinado por conseguir esa camiseta tan molona que tu influencer favorito lleva en la foto.
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