Las televisiones tienen el deber de garantizar que la retransmisión de estos debates cuente con interpretación a la lengua de signos española y subtitulado, dando cumplimiento al artículo 29 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a la Ley General de Comunicación Audiovisual, y a la propia Ley 27/2007 por la que se reconocen las lenguas de signos en nuestro país.