Obtén el título de familia numerosa con un hijo con discapacidad: todo lo que debes saber

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15/11/2023 - 09:30
Padre jugando con sus hijos

Lectura fácil

De forma general, se entiende por familia numerosa la integrada por 3 o más hijos, sean comunes o no. Pero, la discapacidad de un hijo o un progenitor hace que la unidad familiar pueda acceder al título oficial de Familia Numerosa con 2 hijos, lo cual da acceso a determinadas ventajas y bonificaciones para toda la familia.

Beneficios y reconocimiento para familias de personas con discapacidad

Las familias que cuentan con al menos un hijo con discapacidad se enfrentan a desafíos extras en su día a día.

Ante esta realidad, las administraciones públicas les brindan una gama de ventajas para mitigar esas dificultades adicionales.

Estos beneficios incluyen exenciones fiscales, suministro gratuito de medicinas y, notablemente, una mayor facilidad para obtener el título de familia numerosa. Este reconocimiento trae consigo una serie de privilegios adicionales que pueden aliviar la carga financiera y diaria de estas familias.

Diversos escenarios para obtener el título de familia numerosa

El término de familia numerosa se aplica a aquellos hogares que tienen tres o más hijos. No obstante, hay diferentes escenarios en los que este título se otorga. Por ejemplo, si un hijo posee una discapacidad acreditada igual o superior al 33 %, se cuenta por dos al evaluar la condición de familia numerosa.

Del mismo modo, situaciones como dos hijos y dos ascendientes con discapacidad, dos hermanos huérfanos con uno de ellos con discapacidad y mayores de edad, o dos hijos y un ascendiente con una discapacidad de al menos un 65 %, permiten obtener este reconocimiento.

Esta consideración de familia numerosa trae consigo un conjunto de ventajas especialmente diseñadas para ofrecer un apoyo adicional a estas familias en sus diferentes dinámicas.

Procedimientos y beneficios de la familia numerosa

Para formalizar la solicitud de familia numerosa, se requiere la presentación de un documento firmado por al menos uno de los padres, así como una fotocopia del DNI de todos los miembros mayores de 14 años, el libro de familia, el certificado de empadronamiento y la copia de la Resolución de Grado de Discapacidad vigente emitida por la Comunidad Autónoma respectiva.

La tramitación de este reconocimiento se lleva a cabo por las consejerías de asuntos sociales de las diferentes comunidades autónomas. Entre los beneficios que se otorgan a estas familias se encuentran descuentos en impuestos, tasas reducidas en renovación de documentos, tarifas sociales en servicios básicos, entre otros apoyos que pueden aliviar la carga económica y cotidiana de las familias con miembros con discapacidad.

Qué familias se equiparan a las familias numerosas

  • Uno o dos padres con 2 hijos, sean comunes o no, siempre que un hijo tenga una discapacidad de al menos un 33 %
  • Dos hijos con dos padres, cuando ambos progenitores tengan al menos un 33 %. O al menos, uno tenga un 65 % de discapacidad o estuviera incapacitado para trabajar. Aquí entrarían las familias con ELA y dos hijos menores de 25 años.
  • Familias monoparentales con dos hijos a cargo

Requisitos de familia numerosa

En primer lugar, si en la unidad familiar hay dos personas ascendientes, deberá haber vínculo conyugal o pareja de hecho, para que ambas figuren en el título.

Además, para que los hijos puedan estar en el título de familia numerosa deben:

  • Estar solteros y menores de 21 años. Se ampliará hasta los 25 siempre y cuando siga estudiando. No hay límite de edad cuando el hijo tiene un grado de discapacidad mínimo del 33 %
  • Convivir en la unidad familiar, aunque pueden existir situaciones de separación transitoria motivada por estudios, cuestiones médicas, etc.
  • Depender económicamente de la unidad familiar

La Renta es otro requisito, los tramos de renta quedan así establecidos:

  • Las unidades familiares con ingresos iguales o inferiores al IPREM tendrá derecho al 120 % del importe de las cuantías correspondientes.
  • Si los ingresos son superiores al IPREM, tendrán derecho al 110 % del importe de las cuantías.
  • Cuando son superiores dos veces al IPREM se tendrá derecho al 100 % del importe de las cuantías.
  • Pero si son mayores a cuatro veces el IPREM se tendrá derecho al 50 % del importe de las cuantías.
  • En el caso de las familias que superen en ingresos el IPREM por seis vecesquedarán excluidas de la percepción de las ayudas.

El IPREM para 2023 se fija en 20 € diarios, mensual de 600 €, anual en 12 pagas de 7.200 € y un IPREM anual en 14 pagas de 8.400 €. El IPREM tiene en cuenta el sueldo bruto que gana una persona, no el neto.

Solicitar el título de familia numerosa

De forma presencial, las solicitudes se tramitan en las Delegaciones Territoriales de la Consejería Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y Familias.

Telemáticamente, si dispone de certificado digital puede solicitarlo accediendo a la Oficina Virtual de Familia Numerosa: Solicitud y Renovación del Título

Acreditación de familia numerosa

La condición de Familia Numerosa se acreditará mediante el carnet individual, que se expedirá a los miembros de la unidad familiar beneficiarios mayores de 14 años.

Este carné tendrá validez en todo el territorio nacional, acompañado del DNI u otro documento que acredite a su titular.

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