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Este martes, la Comunidad de Madrid establece nuevos requisitos para acceder a la ayuda de 500 euros mensuales para las madres menores de 30 años. Entre las modificaciones de estas ayudas se encuentra la del requisito del empadronamiento y el plazo de presentación de las peticiones.
¿Cuántas solicitudes se han aprobado desde el 1 de enero?
Desde el pasado 1 de enero se establecieron nuevas ayudas destinadas a las madres, en este caso a aquellas menores de 30 años, quienes se enfrentan a numerosos gastos de manera ininterrumpida. Sin embargo, estas ayudas serán muy distintas a partir de ahora tras los cambios.
Así lo ha anunciado la Comunidad de Madrid este martes, quien asegura que se flexibilizarán los requisitos para acceder a la ayuda de 500 euros mensuales para madres menores de 30 años.
Según señala el Ejecutivo regional, esta medida se incluye en las actuaciones de Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y fomento de la natalidad, la cual cuenta con un presupuesto cercano a los 5.000 millones de euros.
Con ello, y hasta el pasado 14 de diciembre, las solicitudes alcanzan una cifra de 9.593, de las cuales se han concedido ya 5.464, mientras que cerca de 2.004 están aún pendientes de resolución.
Nuevas modificaciones en la ayuda de 500 euros para madre menores de 30
Este mismo martes, la Comunidad de Madrid anunciaba una serie de modificaciones a la hora de acceder a los requisitos de la ayuda de 500 euros mensuales para las madres menores de 30 años.
La nueva modificación de estas ayudas incluye uno muy importante: el requisito de empadronamiento. Hasta ahora, las madres solicitantes debían acreditar que residían en algún municipio de la región de forma ininterrumpida durante los cinco años anteriores a la fecha de presentación. A partir de ahora, solo bastará con que haya estado empadronada durante cinco años no consecutivos dentro de los últimos diez.
Por otro lado, se amplía el plazo de presentación de las peticiones, que pasan de uno a tres meses para facilitar mejor el proceso de entrega de documentación.
Con ello, la consejera de Familia, Juventud y Política Social, Concepción Dancausa, señala que “queremos que las madres y adoptantes madrileñas que hayan pasado recientemente algún periodo fuera de la región por cuestiones de trabajo o formación también puedan beneficiarse de esta ayuda”.
Otros requisitos necesarios para solicitar las ayudas
Además del empadronamiento y del plazo de presentación de peticiones, estas ayudas incluyen otros requisitos obligatorios. En resumen:
- Pueden solicitar la ayuda aquellas mujeres que se encuentren en la semana 21 de gestación o siguientes, así como aquellas que hayan tenido un hijo o las personas que hayan adoptado a un menor a partir de este 1 de enero.
- La cantidad de la ayuda se incrementa en la cuantía por cada niño adicional, nacimientos, adopciones múltiples o gestaciones.
- El pago se amplía hasta el último día de cada mes donde el menor cumpla los dos años excepto en las adopciones, donde el abono no tiene en cuenta la edad, sino la inscripción de la adopción.
- Las subvenciones son compatibles con el desarrollo de cualquier actividad remunerada. También con otras ayudas a la maternidad.
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