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La natalidad ha caído a mínimos históricos en los últimos tiempos pese a que en tiempos de pandemia parece que se haya recuperado. Los números resaltan que la tasa de natalidad de este 2021 es la más pequeña desde la Guerra Civil. De ello, han pasado casi 80 años y, por eso, la Comunidad de Madrid, entre otras tiene un plan para revertirlo. Una de las ideas estrella de la presidente de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha sido ayudar a las madres menores de 30 años con una ayuda de 500 euros al mes.
Esta ayuda comenzará a percibirse desde el quinto mes de embarazo y hasta que el niño cumpla los dos años. Un período en el que sus padres habrán recibido 14 500 euros con un requisito de no superar los 30 000 euros anuales. Los 14 500 euros de ayuda se irán incrementando en la misma cantidad por cada niño adicional cuando se trate de gestaciones, nacimientos o adopciones múltiples. Según ha declarado la consejera de Familia de la Comunidad de Madrid, Concepción Dancausa, se podrán beneficiar de esa ayuda unas 3 000 personas.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la ayuda de natalidad entre mujeres menores de 30 años?
- Ser mujer menor de 30 años y haber estado empadronada en Madrid durante 10 o más años de forma ininterrumpida.
- No superar los 30 000 euros en tributación individual o 36 200 si es conjunta.
- Se reconocerá el derecho a la prestación desde que fue presentada y los pagos se realizarán por transferencia.
- El presupuesto inicial de estas ayudas durante 2022 será de 20 millones de euros.
- Las madres que lo reciban deben residir en Madrid hasta el último día del abono.
¿Quiénes han propuesto imitar las ayudas a la natalidad de Ayuso?
Pese a que se ha aprobado en las últimas horas,el plan de ayuda a la natalidad en mujeres menores de 30 años ha sido una de las ideas que quisieron lanzar desde el Partido Popular de Castilla La Mancha durante el Debate del Estado de la Región. El presidente de la formación en Castilla La Mancha, Paco Nuñez, ofreció a Page que parte del superávit que tenía la región se destinara a la natalidad ya que, “es fundamental de cara a generar empleo y oportunidades”.
En Andalucía no existe esa ayuda como tal pero si una deducción por maternidad en cuota diferencial de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años a favor de aquellas mujeres que cumplan determinados requisitos. Se puede solicitar el abono anticipado.
En Extremadura, distinguen entre poblaciones de menos de 3 000 habitantes y más de 3 000 habitantes. En el caso de vivir en una población de menos de 3 000 habitantes recibirás un pago único de 1 400 euros por el primero y por los hijos siguientes. Si estás viviendo en una población de más de 3 000 la ayuda consistirá en el abono de un pago único de 500 euros por el segundo hijo y de 1.000 euros por el tercer y/o sucesivos hijos.
No obstante el apartado anterior, si el nacimiento/adopción/acogimiento preadoptivo, fuera múltiple, la ayuda consistirá en un pago único de 1.000 € por cada hijo nacido/adoptado/acogido, incluido el primero habido en ese parto o en la correspondiente resolución judicial y/o administrativa.
Para poder recoger esas ayudas, además de estar en los ratios de renta anual del IPREM, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Tres años de empadronamiento inmediatos anteriores a la solicitud en poblaciones que no superen los 3 000 habitantes.
- Un año de antigüedad inmediato anterior a la solicitud en poblaciones de más de 3 000 habitantes.
¿Qué documentación necesitarían las familias extremeñas para acogerse a esta ayuda?
a) DNI o pasaporte en caso de nacionales; NIE y Certificado de inscripción en el Registro de Ciudadanos de la Unión en vigor para comunitarios; Permiso de Trabajo o de Residencia en vigor para solicitantes no comunitarios.
b) Copia compulsada del libro de familia o libros de familia del progenitor solicitante.
En los supuestos de adopción, acogimiento preadoptivo o situación equivalentes en el caso de adopción internacional, copia compulsada de la resolución judicial, administrativa o documentos análogo constitutivo de la misma.
c) Copia compulsada de la Declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas del último ejercicio disponible correspondiente a los progenitores.
En caso de variación de las circunstancias económicas de los progenitores respecto de los datos contenidos en la declaración de IRPF del último ejercicio, deberá acreditarse en los términos previstos en el artículo 5.1 d) del Decreto 277/2014, de 22 de diciembre (podrá utilizarse el modelo de COMUNICACIÓN DE VARIACIONES QUE FIGURA EN ESTA PÁGINA)
d) En caso de separación legal, nulidad o divorcio, deberá aportarse copia de la resolución judicial en la que se establezca el régimen de alimentos respecto del menor o menores causantes de la ayuda. Igualmente deberá aportarse dicha resolución de medidas de alimentos en caso de progenitores no unidos por vínculo matrimonial.
e) Certificado actualizado (no más de un mes anterior a la fecha de presentación de la solicitud) de empadronamiento colectivo en el que figuren el/los hijos causantes de la ayuda, así como la antigüedad de inscripción en el padrón municipal.
En caso de que se resida en población que no goce de padrón autónomo, deberá aportarse certificación emitida por el secretario del Ayuntamiento especificando la residencia en dicha pedanía o entidad local menor.
f) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
g) Modelo de Alta de Terceros.
La Tarxeta Benvida es la ayuda a la natalidad de la Xunta de Galicia durante 2021
La Tarxeta Benvida consta de 100 euros al mes para los gastos fundamentales del bebé. Ha estado activo para los padres cuyos niños han nacido en este año. Se puede utilizar en todo tipo de establecimientos donde se puedan comprar productos de bebé. La Tarxeta Benvida es una ayuda que está activa desde 2016.
Es una ayuda para los residentes en Galicia que se incrementa un 25 % si vives en localidades con menos de 5 000 habitantes. El importe de la ayuda es de 1 200 euros durante el primer hijo (100 euros al mes) y desde el segundo, 2 400 (200 euros al mes).
Cantabria también intenta fomentar la natalidad
La comunidad cántabra lleva lanzando esta ayuda desde 2015. La subvención no se recoge tras el primer hijo pero si tras los demás.
La subvención por segundo hijo depende del nivel de renta.
- Renta situada entre los 30.001 euros y los 42.000 euros: subvención de 400 euros.
- Renta situada entre los 18.001 euros y los 30.000 euros: subvención de 600 euros.
- Renta situada por debajo de 18.001 euros: subvención de 900 euros.
Madre empadronada y residente en municipio de Cantabria igual o inferior a tres mil habitantes, con un año mínimo de antelación respecto al nacimiento del menor causante de la subvención, para cualquiera de los tramos de renta citados: subvención de 1.000 euros.
A partir del tercer hijo, la subvención se eleva a los 1 500 euros.
Incremento por discapacidad: Estas cuantías se incrementarán en 1.000 euros por cada nacido o menor adoptado con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, determinado conforme a lo establecido en la legislación y disposiciones aplicables para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
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